Caso Rojas Vade: ¿Por qué el Congreso Nacional tiene la facultad de desvincularlo de la Convención?

El lunes 28 de febrero, el aún convencional Rodrigo Rojas Vade aseguró que mientras no exista un mecanismo para formalizar su renuncia en la Convención, «estoy obligado a retomar mis funciones como convencional». Por lo mismo, Fast Check CL te explica por qué el Congreso Nacional tiene la facultad de desvincular al convencional, luego de que él haya anunciado su renuncia hace 6 meses, cuando se reveló su falso cáncer.

El lunes 28 de febrero, el aún convencional Rodrigo Rojas Vade aseguró que mientras no exista un mecanismo para formalizar su renuncia en la Convención, «estoy obligado a retomar mis funciones como convencional». Por lo mismo, Fast Check CL te explica por qué el Congreso Nacional tiene la facultad de desvincular al convencional, luego de que él haya anunciado su renuncia hace 6 meses, cuando se reveló su falso cáncer.


Por Maximiliano Echegoyen.

Es lunes 28 de febrero del 2022. Hace dos semanas que en la Convención Constitucional han enfocado sus esfuerzos en optimizar el tiempo y el debate de las deliberaciones en el Pleno, pues de aquí saldrán las normas que se verán redactadas en la nueva propuesta de Constitución. Sin embargo, en el último día del mes más corto del año, la noticia es otra.

Hace seis meses atrás, un reportaje de La Tercera presionó al convencional y uno de los íconos del estallido social, Rodrigo Rojas Vade, a revelar que mintió acerca de que padecía cáncer. Desde ese entonces que él no asiste a la Convención, siguiendo la línea de sus palabras pronunciadas en el video que subió a su cuenta de Instagram contando la verdad: «no volveré a asistir, conectarme de forma remota, o participar de ninguna votación (…). Su rol (de la Convención) es demasiado importante como para ser una dificultad en sus funcionamientos o resultados».

Sin embargo, y a través de otro video subido en su cuenta de Instagram en la madrugada del 28 de febrero, Rojas Vade aseguró que «si no se me permite renunciar, estoy obligado a retomar mis funciones como convencional». Pero, ¿por qué a Rojas Vade no «se le permite» renunciar? En este explicativo, Fast Check CL indaga en cómo podría ser reemplazado el convencional, si puede la Convención Constitucional destituirlo o si depende exclusivamente del Congreso Nacional.

Convencional del distrito 13 Rodrigo Rojas Vade. Imagen de Agencia UNO.

¿Puede la Convención Constitucional sustituirlo?

De acuerdo al Reglamento General de la Convención, en su artículo 27 -que trata sobre la cesación del cargo de un convencional- uno de los motivos de renuncia que tiene relación con el caso Rojas Vade es por causa de «una enfermedad grave que les impida (a los convencionales) desempeñar su cargo y así lo califique el Pleno».

En este escenario, si es que se efectúa la renuncia de Rojas Vade, tendría que asumir Andrés Cuevas, que fue segunda mayoría en el distrito 13 y de la misma lista de independientes que el convencional: la extinta Lista del Pueblo. Esto queda expresado en el artículo 28C del Reglamento General, que establece el mecanismo de reemplazo en el caso de los convencionales de listas independientes.

Sin embargo, esta opción no es posible. Consultado por Fast Check CL, el vicepresidente de la Convención, Gaspar Domínguez, explica que en el caso de Rodrigo Rojas no se cumple el requisito de enfermedad grave que impida su desempeño. «Como médico no me consta que tenga una enfermedad que le invalide el ejercicio del cargo, de hecho, pudo ejercerlo por dos meses» explica.

Esto, a pesar de que en la descripción del video en donde Rojas Vade anuncia su regreso a la Convención dice que fue diagnosticado con «sífilis, gastroenteritis aguda febril, síndrome disentérico, enterocolitis por campylobacter, aplasia medular, pancitopenia, bicitopenia, síndrome emético recurrente, hepatitis A, úlceras genitales recurrentes, mucositis extensa recurrente, síndrome meníngeo, encefalitis vestibular, purpura trombocitopenia idiopática, síndrome hemorrágico, síndrome autoinflamatorio, espondiloartritis, síndrome de Steven Johnson y enfermedad de Behcet».

Captura de pantalla a la descripción del post de Instagram de Rojas Vade anunciando su regreso a la Convención.

¿Qué dice la Constitución actual?

Otra vía para destituir y reemplazar al ex Lista del Pueblo es ver qué dice la Constitución actual. Recordemos que el Plebiscito para escribir una nueva Constitución y la misma Convención Constitucional se rigen gracias a la Reforma Constitucional de la Carta Magna vigente, que derivó del Acuerdo por la Paz que inició el proceso constituyente chileno.

Según un tuit de la convencional Marcela Cubillos (UDI), podría aplicarse la norma que se le rigen a los parlamentarios: «Conforme al art 60 puede renunciar perfectamente». De acuerdo al artículo 60 de la Constitución, uno de los motivos por lo que podría cesar el cargo a diputado/a o senador/a es «cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional».

Fast Check CL se contactó con Cubillos para conocer cuáles serían sus argumentos. Pero, no se obtuvo ninguna respuesta.

Por otro lado, Gaspar Domínguez explicó que no es posible la renuncia por el artículo 60, debido a que es necesario la calificación del Tribunal Constitucional (TC), institución que no tiene las facultades para conocer reclamos o recursos de la Convención.

  • Al final del artículo 136 de la Constitución actual, se establece que «ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo».

Bajo esta premisa, Domínguez se cuestiona lo siguiente: «renunciar por enfermedad requiere que alguien lo califique -el TC según la Constitución-. El artículo 136 dice que el TC no puede conocer reclamos o recursos. Entonces, si Rojas Vade solicita su renuncia ¿Quién conoce la renuncia? Esa es la contradicción».

¿La solución está en el Congreso entonces?

En este sentido, la Mesa Directiva de la Convención ha instado al Congreso Nacional a realizar una reforma constitucional para validar la renuncia de Rojas Vade. De hecho, hace una semana atrás, en una entrevista de Fast Check CL, Gaspar Domínguez explicó que se ha apremiado a ambas Cámaras en dos ocasiones.

En noviembre del año pasado, la Mesa antigua -presidida por Elisa Loncon- «envió un oficio al Senado y a la Cámara de Diputados para solicitar que se tramiten proyectos sobre la materia, para poder habilitar la renuncia de un convencional y un mecanismo de reemplazo», explicó Domínguez, agregando que «el mismo documento se envió por segunda vez por esta mesa el 8 de febrero pasado».

En aquella ocasión, el vicepresidente del órgano constituyente señalaba que ha sido el Parlamento que, «en base a no cambiar las reglas, decide que el convencional Rojas Vade siga integrando la Convención Constitucional».

Cabe consignar que se presentaron múltiples proyectos de ley para materializar la renuncia del ex Lista del Pueblo. En la Cámara de Diputados, están los boletines 14618-07, 14625-07 y 14581-07 que se refieren a esta materia, pero más allá de ser presentados, no han logrado avanzar para ser discutidos -y los tres proyectos datan de septiembre del 2021-.

Similar es el caso del boletín 14603-06 que fue presentado en la Cámara Alta. Sin embargo, existen otras dos mociones que corrieron mejor suerte en el Senado y que lograron avanzar a segunda instancia.

La reforma Constitucional que sí ha avanzado

El martes 21 de septiembre del 2021 ingresaron simultáneamente los boletines 14592-07 y 14589-07, ambos con la finalidad de reformar el artículo 134 de la Constitución, que es el que habla de los estatutos de los convencionales. En dicho artículo, dice que a los integrantes de la Convención les regirá algunas de las normativas que también funcionan para los parlamentarios, entre ellos el artículo 60 -que citó la convencional Cubillos- que es el que habla sobre la renuncia de parlamentarios.

Volviendo a los boletines presentados, actualmente ambos se fusionaron. Los proyectos plantean la reforma del artículo 134 de la Constitución para habilitar la renuncia de un convencional en caso de que «cometan hechos graves» o que «hechos graves afecten severamente a su desempeño o pongan en riesgo a la Convención Constitucional».

A su vez, esta reforma se hace cargo de otra condicionante del convencional Rojas Vade: él es independiente, por lo que, bajo la premisa de que a los convencionales les rigen las mismas normativas que a los congresistas, los independientes no pueden ser reemplazados. Por esta razón, la reforma abre un mecanismo para efectuar su renuncia y, además, su reemplazo.

Sin embargo, han habido críticas en que se abra un mecanismo de reemplazo al ex Lista del Pueblo. Sin ir más lejos, el senador Iván Moreira (UDI), en un video que realizó el 2 de marzo, explicó que si bien desde su sector van a impulsar la reforma de ley para materializar la renuncia de Rojas Vade, «en ningún caso (será) a favor del reemplazo».

«Es distinto cuando detrás hay un partido político y en este caso no corresponde (el reemplazo)», sentencia.

Por esta razón ayer el Senado, con 31 votos a favor, aprobó la reforma constitucional que permite que los convencionales puedan renunciar a su cargo cuando «hechos graves afecten» el desempeño de ellos mismos o de la Convención Constitucional.

Sin embargo fue rechazada la indicación que señalaba el reemplazo de convencionales independientes, con 12 votos en contra, 12 a favor y 2 abstenciones. En otras palabras, la Convención Constitucional terminaría con 154 miembros y no 155 como fue planteada originalmente.

A las 15 horas de este jueves se citó a la Comisión de Constitución para que se analice la reforma constitucional que permitiría la desvinculación definitiva del convencional Rojas Vade.

Cuenta oficial de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile en Twitter.

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