Por dar créditos a deudores de pensión alimenticia: CMF impone millonarias multas a bancos y aseguradoras

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha impuesto multas por un total de 2.077 UF ($77.484.562) a cinco bancos, dos compañías de seguros y una cooperativa de ahorro y crédito, por no cumplir con la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias. Estas entidades otorgaron créditos a personas que estaban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) sin seguir la legislación correspondiente, ya que según la Ley N°14.908, las instituciones financieras deben consultar el RNDPA antes de conceder un crédito.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha impuesto multas por un total de 2.077 UF ($77.484.562) a cinco bancos, dos compañías de seguros y una cooperativa de ahorro y crédito, por no cumplir con la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias. Estas entidades otorgaron créditos a personas que estaban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) sin seguir la legislación correspondiente, ya que según la Ley N°14.908, las instituciones financieras deben consultar el RNDPA antes de conceder un crédito.


Por Fast Check CL

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha impuesto multas a cinco bancos, dos compañías de seguros y una cooperativa de ahorro y crédito por un total de UF 2.077 ($77.484.562) debido a infracciones a la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias. Estas entidades otorgaron créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) sin cumplir con la legislación pertinente.

En este sentido, la Ley N°14.908 establece que las instituciones financieras deben consultar el RNDPA al momento de conceder un crédito, y en caso de que el solicitante figure como deudor de pensiones de alimentos, se debe retener hasta el 50% del crédito otorgado para el pago de las pensiones adeudadas.

Según consigna La Tercera, entre las entidades sancionadas se encuentran Banco Santander Chile, Banco Itaú Chile, BancoEstado, Banco Ripley, Banco de Chile, Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente Limitada, Compañía de Seguros Confuturo S.A y Bice Vida Compañía de Seguros S.A.

Específicamente, el Banco Santander Chile recibió la multa más alta, con UF 756,06, seguido por Banco Itaú Chile con UF 636,16, BancoEstado con UF 239,50, Banco Ripley con UF 138,54 y Banco de Chile con UF 111,48. Además, las compañías de seguros Confuturo y Bice Vida fueron multadas con UF 54,20 y UF 33,98 respectivamente, mientras que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente Limitada deberá pagar UF 106,72.

En este contexto, Román Blanco, gerente general de Santander Chile, reconoció la responsabilidad de la entidad en los hechos y aceptó la multa impuesta. Así mismo, afirmó que han realizado las correcciones necesarias para prevenir casos como los que originaron la sanción.

Finalmente, la CMF recordó que es obligatorio para las instituciones financieras consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al otorgar un crédito y retener el 50% del mismo si el solicitante es deudor de pensiones alimenticias, una obligación que las entidades sancionadas no cumplieron.

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