“Servel habilita a fallecidos para votar y falsos detenidos desaparecidos también”: #Engañoso

En redes se asegura que el Servicio Electoral tiene habilitado el sufragio a difuntos y detenidos desaparecidos durante la dictadura. Sin embargo, Fast Check CL califica esto de #Engañoso. Si bien las personas víctimas de desaparición forzosa están habilitadas para votar, esto en la práctica no puede llevarse a cabo y se hace en un acto de memoria. Además, las personas difuntas deben ser sacadas del padrón apenas sea informado por el Registro Civil.

Se aproximan las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del 16 de noviembre, con lo que han surgido una serie de desinformaciones relativas a los comicios.

Hace unas semanas, una cuenta de Facebook aseveró que el «Servel habilita a fallecidos para votar y falsos detenidos desaparecidos también votan en estas elecciones». El contenido suma más de 300 reacciones y 94 veces compartido.

Sin embargo, Fast Check CL califica esto de #Engañoso, ya que el Servel sí habilita a detenidos desaparecidos para votar, pero en la práctica su voto no es posible. Por otra parte, el organismo elimina a personas fallecidas del padrón, en la medida en que cuenten con la confirmación del Registro Civil.

Personas fallecidas

Previamente, el Servicio Electoral de Chile (Servel) se ha referido a la situación de personas muertas que estén en el padrón.

En un comunicado, con fecha 16 de agosto de 2022, aclaró que «las personas fallecidas son sacadas del Registro Electoral y no figuran en los padrones cuando el Registro Civil da cuenta a Servel, en tiempo y forma».

Por su parte, el Registro Civil aseguró que «informa mensualmente al Servicio Electoral (Servel) todas las inscripciones de defunción del mes anterior». Así mismo, explicó que envía una lista con mayores de 90 años que no hayan renovado su carnet o pasaporte en la última década.

El intercambio puede llevar errores, como el caso de Bartolomé Pichuluan, quien estaba en el padrón en 2022 pese a fallecer en 1953. Sin embargo, desde el ente aseguraron que esto se debió a que él no estaba en sus bases de datos.

Los procesos descritos están mandatados por la ley 18.556, sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral. En su artículo 13, detalla circunstancias en las que se debe actualizar el padrón. Entre ellas, el «fallecimiento de una persona inscrita, que deberá ser eliminada del Registro».

Detenidos Desaparecidos

Fast Check CL consultó a Servel si es que los Detenidos Desaparecidos figuran como habilitados para votar en las elecciones.

Desde el ente afirmaron que «en cumplimiento del artículo 31 bis de la ley 18.556, las personas víctimas de desaparición forzada o detenidas desaparecidas, que figuren como inscritas en el Registro Electoral, deben estar en los padrones electorales con la calidad de “Persona Ausente por Desaparición Forzada”».

Así lo confirma esta normativa:

El Servicio Electoral deberá velar por que las personas víctimas de desaparición forzada o detenidas desaparecidas, individualizadas en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, en el Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, y en el Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, que figuren como inscritas en el Registro Electoral, estén en los padrones electorales que se determinen para cada elección o plebiscito con la calidad de “Persona Ausente por Desaparición Forzada.

El organismo agregó que «desde la dictación de la referida norma del artículo 31 bis, en febrero del año 2021, esta institución ha dado fiel cumplimiento a lo establecido en ella». Así, los DD.DD. «figuran como habilitados para poder constar en los padrones electorales».

De todas maneras, la calificación de «Ausente por Desaparición Forzosa» está en la casilla donde los votantes dejan su firma. Por ende, el sufragio de una persona bajo esta categoría es imposible.

Foto cedida por Servel.

Además, en 2022, el entonces presidente del directorio del Servel, Andrés Tagle, declaró que «son 780 personas que sus familiares no han hecho la muerte presunta, y es una decisión que nosotros respetamos. El resto de los familiares de detenidos desaparecidos, que son bastante más de 780, sí hicieron la muerte presunta», por lo que esto también explicaría su permanencia en los registros.

Cabe mencionar que Fast Check CL ha verificado contenidos similares en ocasiones previas, llegando a conclusiones afínes (1,2,3,4).

Conclusión

Fast Check CL califica el contenido como #Engañoso. Es verdad que algunos Detenidos Desaparecidos y personas fallecidas han aparecido como habilitados para votar, pero las razones son distintas: en el primer caso, obedece a un acto simbólico de memoria, pues su situación jurídica aún no es de «muerte presunta»; en el segundo, a errores administrativos en el padrón, que se corrigen periódicamente. En términos prácticos, no pueden sufragar.

Fuentes

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