En una publicaci贸n del diario La Cuarta, se confunden las definiciones de Convenci贸n Mixta Constitucional y Convenci贸n Constitucional en los votos, por lo que declaramos imprecisa la publicaci贸n.
Por Fabi谩n Padilla
Usuarios en redes sociales nos hicieron ver que el d铆a de hoy, en el diario La Cuarta, aparece una secci贸n con los formatos y dise帽os de las dos c茅dulas que ser谩n entregadas el 25 de octubre.
La primera c茅dula o voto dir谩: 驴Quiere usted una nueva constituci贸n? con las opci贸n “Apruebo” y Rechazo”. La segunda c茅dula o voto dir谩: 驴Qu茅 tipo de 贸rgano debiera redactar la nueva constituci贸n? y las opciones son: “Convenci贸n Constitucional” y “Convenci贸n Mixta Constitucional”.
La Cuarta comete una imprecisi贸n en su publicaci贸n, confundiendo las definiciones de los 贸rganos que podr铆an redactar la nueva Constituci贸n:

En el recuadro indica que la Convenci贸n Constitucional ser铆a electa 50% congreso y 50% elector por la ciudadan铆a. Esto es falso, esa definici贸n corresponde a la Convenci贸n Mixta Constitucional.
Lo mismo ocurre con la definici贸n de Convenci贸n Mixta Constitucional en el recuadro, que dice ser 100% electa por la ciudadan铆a. Esto es falso, la definici贸n corresponde en realidad a la Convenci贸n Constitucional.
Como se puede ver en la imagen, las definiciones est谩n cambiadas, lo que puede confundir al lector del medio el d铆a de la votaci贸n.
Lo anterior est谩 bien definido en la Ley 21.200. Por lo tanto, declaramos esta informaci贸n como imprecisa, ya que contiene partes verdaderas y explicaciones apegadas a la ley, pero el letras destacadas y grandes comete el error de cambiar las definiciones del 贸rgano que redactar谩 la posible nueva Constituci贸n.
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