(Video) “Esta reforma previsional es para legalizar y traspasar nuestros fondos al inversor”: #Falso

En TikTok se afirma que la reforma previsional permitiría expropiar los fondos de ahorro individual. Esto es falso. El proyecto, actualmente en el Senado, no incluye disposiciones sobre expropiación ni pérdida de propiedad de los afiliados sobre sus cuentas.
  • En TikTok se comparte un video asegurando que la reforma previsional implicará una expropiación de los fondos de los afiliados.
  • Sumado a esto, se afirma que la figura del autopréstamo se incorpora debido a que los fondos “dejarán de ser nuestros”.
  • Esto es #Falso, el proyecto de reforma previsional no incorpora ni menciona la expropiación de fondos de sus afiliados.
  • El texto emanado desde la Cámara de Diputados y Diputadas permitiría realizar autopréstamos que utilizan los fondos personales de cada afiliado.

Por Lucas Vergara Vera

En Tiktok se comparte una publicación asegurando que la reforma previsional, actualmente en discusión en el Senado, permitirá la expropiación de los fondos de pensiones y que esta permitirá realizar autopréstamos desde los fondos porque éstos “dejarán de ser nuestros”.

Publicación compartida en TikTok

El proyecto no incorpora la expropiación de fondos de los afiliados

Fast Check CL revisó el historial de tramitación disponible en el portal del Senado y los documentos emanados de esta para conocer si en algún momento se consideró la posibilidad de realizar una expropiación de los fondos de pensiones.

En particular se revisó el proyecto original, indicaciones, y el texto aprobado el 24 de enero de 2024 por la Cámara de Diputados y Diputadas. Este último texto es el que actualmente se encuentra en revisión en Senado, donde ingresó el 30 de enero.

Al hacer el análisis de los documentos antes mencionados no se encontraron menciones a una posible expropiación de los fondos de pensiones. 

El autopréstamo utilizaría fondos personales de cada afiliado

Por otro lado, en el texto presentado al Senado se identificó que su artículo 66 se incorpora la figura del autopréstamo, la cual se presenta de la siguiente manera:

“Artículo 88 bis.- Los afiliados no pensionados, y que se encuentren a cinco años o más del cumplimiento de la edad legal de pensión, tendrán derecho a realizar retiros en carácter de préstamos con cargo al saldo mantenido en sus cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias”.

Dentro de este articulado también se detallan las distintas posibilidades de retiro y pago del préstamo solicitado, según se adecúe a cada caso, remarcando siempre que esto se realizará utilizando los fondos de cada afiliado.

En base a lo anterior es posible afirmar que el proyecto de reforma previsional no incorpora, hasta el momento, una posible expropiación de fondos, ni tampoco implicaría una pérdida de propiedad sobre los mismos.

El Ministerio del Trabajo negó que exista expropiación o pérdida de propiedad de los fondos

Fast Check CL contactó al equipo del Ministerio del Trabajo para conocer si en algún momento se consideró como una posibilidad realizar una expropiación de los fondos.

Ante la consulta se remarcó que “la reforma previsional propuesta por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric no considera, en ningún caso, una expropiación de los fondos de pensiones”.

Sumado a esto, se indicó que se buscaría fortalecer el ahorro de cada persona destinando “tres puntos porcentuales de la nueva cotización del 6% que harán los empleadores. De este modo, el ahorro previsional individual se incrementará de 10% a 13%“.

Por otra parte, se consultó si la figura del autopréstamo podría provocar que los afiliados dejen de ser dueños de sus fondos. En esa línea, se aseguró que no habría pérdida de propiedad y que este mecanismo “lo que hace es reafirmar la propiedad del cotizante sobre sus fondos”, permitiendo que estos accedan a ellos bajo distintos escenarios posibles.

Los pasos que siguen para la reforma previsional

El 30 de enero de 2024 el proyecto de reforma previsional hizo su entrada al Senado. Sin embargo, la discusión de esta iniciativa no tuvo avances hasta el 7 de agosto cuando se autorizó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para discutir en general y en particular el proyecto de ley.

Para que esto sucediera el 31 de julio se presentó un “Marco protocolo de acuerdo para la reforma previsional”, donde se incluyeron principios y propuestas clave que debían estar dentro de la reforma como la compensación de la brecha de las mujeres por mayor sobrevida y distribución del 6% adicional con cargo al empleador.

El 7 de agosto de 2024, se acordó un protocolo que establece los pasos para avanzar en la discusión y aprobación de la reforma previsional en la Comisión de Trabajo, esperando que el proyecto se encuentre “despachado a sala antes del término del presente año, concluyéndose el segundo trámite constitucional a más tardar en el mes de enero 2025”.

Actualmente la Comisión de Trabajo continúa votando en particular los distintos artículos del proyecto previo a su despacho para votación en la sala del Senado.

Conclusión:

Fast Check CL verificó que es #Falso que la reforma de pensiones incluya la expropiación de fondos. Tras revisar el proyecto emanado de la Cámara de Diputados y consultar al Ministerio del Trabajo, se confirmó que no existe tal propuesta. Por el contrario, la reforma asegura la propiedad individual de los afiliados sobre sus fondos.

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