“El cargo de senador debería quedar vacante”: el escrito al Tricel que advierte riesgos para la asunción de Calisto

Tras la confirmación del desafuero de Miguel Ángel Calisto, ingresó al Tricel un «téngase presente» que advierte riesgos para su asunción como senador. El escrito sostiene que una eventual acusación podría provocar la pérdida del derecho a sufragio, requisito para asumir el cargo. Sin embargo, especialistas descartan que ese escenario sea posible antes del 11 de marzo y apuntan a vacíos normativos que podrían tensionar la instalación del nuevo Congreso, especialmente por la situación de desafuero que afecta al parlamentario.
Aysén

El 21 de noviembre, la Corte Suprema emitió la sentencia que confirma el desafuero del diputado y senador electo por Aysén, Miguel Ángel Calisto, en el marco de la investigación penal que enfrenta por presunto fraude al fisco. Tras dicha resolución, la Fiscalía Regional de Aysén solicitó la audiencia de formalización en su contra, la cual fue fijada para el 14 de enero de 2026.

La decisión del máximo tribunal llegó pocos días después de los comicios del 16 de noviembre, en los que Calisto obtuvo un escaño como senador por la 14° Circunscripción (Aysén).

En paralelo, en los últimos días ingresó al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) un «téngase presente» que advierte sobre la posibilidad de que el legislador no pueda asumir el próximo 11 de marzo.

Calisto, quien actualmente sigue como diputado, está siendo investigado junto con varios de sus colaboradores: Carla Graf, exasesora parlamentaria; Ronald Cárcamo, exjefe de campaña y esposo de Graf; y Felipe Klein, asesor legislativo y exconsejero regional de Aysén.

A los involucrados se les imputa el presunto desvío de asignaciones parlamentarias para fines ajenos al ejercicio legislativo, como la adquisición de bienes personales, entre ellos, una parcela.

La cobertura del caso

En agosto, Fast Check CL reveló correos electrónicos en los que Claudio Campusano, empresario de la zona, exige el pago de cuotas por la compra de un terreno a Cárcamo y al propio Calisto. Parte de esa operación habría sido financiada con recursos de asignaciones parlamentarias.

El escrito presentado ante el Tricel busca dejar constancia oficial de un eventual vacío de representación en Aysén. Según su argumentación, si Calisto fuera acusado por un delito con pena aflictiva, podría perder su derecho a sufragio, requisito indispensable para mantener su elegibilidad. Ese escenario, plantea el documento, podría impedir su asunción como senador o configurar una inhabilidad sobreviniente una vez en el cargo.

Fast Check CL contactó al equipo de comunicaciones del diputado, pero señalaron que no se referirían al texto ingresado al Tricel. No obstante, apuntaron a una declaración del abogado del parlamentario, César Ramos, respecto de la audiencia de formalización solicitada por Fiscalía: «En ningún caso la formalización por sí sola supone una condena ni tampoco una inhabilidad para asumir como senador».

El escrito al Tricel

El documento presentado ante el Tricel por Manuel Anabalón, candidato a senador como independiente con cupo del Partido Social Cristiano, corresponde a un «téngase presente», una figura destinada únicamente a poner en conocimiento del tribunal una situación que, a juicio del requirente, podría derivar en un conflicto institucional si no se aborda con anticipación.

El texto desarrolla una tesis precisa: en caso de que el Ministerio Público formalice la investigación y posteriormente acuse a Miguel Ángel Calisto por un delito con pena aflictiva —como el presunto fraude al fisco que actualmente se indaga—, ello podría activar la suspensión del derecho a sufragio, conforme al numeral 2° del artículo 16 de la Constitución. A su vez, el artículo 50 de la Carta Fundamental establece que mantener dicho derecho es un requisito para ser elegido senador.

Sobre esa base, el documento expone dos escenarios posibles:

  • Antes del 11 de marzo: si la pérdida del derecho a sufragio se materializa antes de la fecha de instalación del Congreso, Calisto no podría asumir como senador, ya que dejaría de cumplir con los requisitos de elegibilidad.
  • Después del 11 de marzo: si la acusación ocurre una vez que ya esté en funciones, se configuraría lo que Anabalón denomina una «inhabilidad sobreviniente», lo que obligaría a interrumpir su mandato y produciría una vacancia en el escaño.

En ambos casos —previo o posterior a la asunción— el documento advierte que la situación tendría impactos directos en la composición del Senado, abriendo un debate sobre la continuidad de la representación de la región de Aysén.

La posibilidad del cupo vacío en Aysén

Asimismo, el texto consigna que Calisto compitió como independiente dentro del pacto de la Federación Regionalista Verde Social (FREVS), partido que actualmente se encuentra en riesgo de disolución. De esta manera, se plantea que si Calisto quedara inhabilitado, el FREVS no tendría personalidad jurídica para designar reemplazo, como establece el inciso sexto del artículo 51 de la Constitución.

Esa situación, sostiene el escrito, generaría un problema no previsto por la normativa electoral: la imposibilidad de llenar la vacante, lo que implicaría que la región de Aysén podría quedar sin representación en el Senado durante todo el período legislativo: «El cargo de senador debería quedar vacante».

Aunque el documento presentado por Anabalón no obliga al Tricel a pronunciarse ni adoptar medidas, sostiene que el tribunal debe tener conocimiento de este escenario antes de la asunción del nuevo Congreso. En esa línea, el 24 de noviembre el Tricel respondió con un «dese cuenta», resolución dictada por su presidente, el ministro Arturo Prado Puga.

“Es imposible que lo acusen antes del 11 de marzo”

Para Rodrigo Espinoza, director de la Escuela de Administración Pública de la UDP, la tesis del «téngase presente» tiene efectos jurídicos y un evidente trasfondo político. Señala que «es una tesis que se está evaluando para llevarla adelante» y recuerda que, al ser Calisto independiente, no tendría reemplazo si no llega a asumir en el cargo. «Esto implicaría que la derecha controlaría 25 de 49 asientos en el Senado», advierte.

Rodrigo Espinoza, director de la Escuela de Administración Pública de la UDP

Desde el ámbito constitucional, el abogado Jorge Barrera aborda el análisis del escrito presentado al Tricel y precisa que la suspensión del derecho a sufragio solo puede producirse con una acusación, la que se configura «no con la formalización, sino con el inicio de un juicio oral». Advierte, además, que ese escenario es inviable en los plazos del caso. «Es imposible que lo acusen antes del 11 de marzo. No hay ningún juicio que llegue a acusación en 20 o 40 días», recalca.

El abogado sí advierte un problema distinto: la falta de claridad sobre si el desafuero sigue vigente cuando Calisto deja de ser diputado y pasa a ser senador. Esa indefinición, dice, podría provocar una «colisión de normas» que complique el trámite de instalación. «Un parlamentario desaforado no puede entrar a la sala; si no jura, no puede asumir el cargo», explica.

Jorge Barrera, abogado constitucionalista

Aun así, Barrera sostiene que cualquier limitación para asumir en el cargo sería incompatible con la Carta Fundamental. De esta manera, plantea que las eventuales tensiones del 11 de marzo serían operativas y no de fondo. «No existe ninguna prohibición constitucional para entrar a la Cámara y jurar», puntualiza.

Audiencia de formalización

Fast Check CL accedió a una resolución del Juzgado de Garantía de Coyhaique, del 25 de noviembre, que fijó para el 14 de enero de 2026, a las 08:40 horas, la audiencia de formalización en la causa por presunto fraude al fisco que involucra al diputado Miguel Ángel Calisto.

El tribunal estableció un conjunto de medidas para asegurar su comparecencia, incluyendo notificaciones personales mediante Carabineros, exhortos a otros tribunales según los domicilios informados y, en caso de no ser habidos, notificación supletoria por PDI con facultades para realizar indagaciones tecnológicas.

La formalización marca el inicio formal del proceso penal tras el desafuero parlamentario. La resolución también impone que la incomparecencia injustificada habilitará la conducción por la fuerza pública conforme al artículo 33 del Código Procesal Penal.

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