Se vienen los detectores de metales: Ley de Convivencia Escolar próxima a publicarse

La Ley de Convivencia Escolar —que permite a los establecimientos implementar detectores de metales u otros dispositivos para identificar armas— se encuentra en su etapa final, esperando su publicación en el Diario Oficial. La Contraloría General de la República tomó razón del decreto promulgatorio el 27 de marzo, por lo que, según el procedimiento informado por el Ministerio de Educación, su publicación debería concretarse dentro del plazo legal de cinco días. La normativa establece que entrará en vigencia tres meses después de su publicación.
detectores de metales

Tras el ataque con un arma blanca perpetrado por un estudiante del Instituto Obispo Silva Lezaeta, en Calama —que terminó con el fallecimiento de una inspectora del establecimiento— se instaló el cuestionamiento sobre la demora en la publicación de la Ley de Convivencia Educativa. Esta normativa permite, entre otras medidas, la implementación de «recursos tecnológicos destinados a identificar o detectar armas, artefactos incendiarios u otros elementos similares».

En ese contexto, la senadora DC Yasna Provoste interpeló al presidente José Antonio Kast a través de su cuenta de X por la tardanza en la promulgación de la ley, señalando que esta permite «instalar detectores de metales en establecimientos» y que «las familias y estudiantes de Chile están esperando».

Fast Check se contactó con el Ministerio de Educación (Mineduc), desde donde explicaron que el proceso habitual contempla que «la ley sale del Congreso, el presidente firma, la Contraloría toma razón del decreto promulgatorio y, luego de eso, hay un plazo de cinco días para que se publique en el Diario Oficial». Añadieron que, en este caso, el trámite ya se encuentra en esta última etapa.

Desde la Contraloría General de la República confirmaron a esta redacción que la toma de razón ocurrió el 27 de marzo. De acuerdo con el procedimiento, la publicación en el Diario Oficial debería concretarse durante esta semana. Asimismo, la normativa establece en su artículo primero que entrará en vigencia tres meses después de su publicación.

La implementación de detectores de metales

La Ley de Convivencia Escolar señala en su artículo 10 que «los sostenedores de establecimientos educacionales, con acuerdo del Consejo Escolar o de la comunidad educativa (…) podrán implementar recursos tecnológicos destinados a identificar o detectar armas, artefactos incendiarios u otros elementos similares». Cabe señalar, que este artículo fue ingresado por el expresidente Gabriel Boric, en un boletín de indicaciones fechado el 1 de julio de 2025.

La norma también dispone que el sostenedor, con acuerdo del Consejo Escolar o de la comunidad educativa, deberá elaborar un protocolo interno que regule el uso de estos dispositivos, resguardando «el derecho a la igualdad y no discriminación arbitraria, a la vida privada y a la honra, así como el interés superior del niño, niña y adolescente».

Detector de metales

Además, se establece que los requisitos técnicos, los criterios de proporcionalidad, la capacitación del personal y otros aspectos necesarios para aplicar la medida serán definidos mediante un reglamento dictado por el Mineduc y suscrito por el Ministerio de Seguridad. Dicho reglamento «deberá ser dictado dentro del plazo de doce meses a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial».

En ese marco, el 28 de marzo, la ministra de Educación María Paz Arzola afirmó que ya se encuentran trabajando en el reglamento para la implementación de los pórticos «para que, una vez que se promulgue la Ley de Convivencia Escolar (…) podamos facilitar que aquellos establecimientos que así lo requieran puedan implementar medidas de seguridad como son los pórticos».

Las otras adiciones del proyecto

El proyecto también establece la creación de una Política Nacional de Convivencia Educativa junto a un Plan de Acción Nacional. Ambos instrumentos buscan fijar lineamientos comunes y coordinar a distintas instituciones públicas para prevenir la «violencia, acoso y discriminación en todo el sistema educativo».

Asimismo, la iniciativa contempla nuevas estructuras al interior de los establecimientos. Entre ellas, la figura de un Coordinador de Convivencia Educativa, cargo de jornada completa que deberá ser ejercido por un profesional del ámbito educacional o psicosocial. Además, los recintos deberán contar con un Equipo de Convivencia encargado de la «implementación del Plan de Gestión de Convivencia Educativa del establecimiento».

A lo anterior se suman medidas orientadas a garantizar ambientes laborales seguros para docentes y asistentes de la educación, programas de bienestar socioemocional para estudiantes y nuevos mecanismos de monitoreo a cargo de la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación.

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