El día de ayer, martes 7 de abril, el Ejecutivo ingresó dos proyectos que, en palabras del Presidente José Antonio Kast «van en la línea de tener escuelas seguras, escuelas protegidas y también instalar una agravante cuando estos delitos sean cometidos en un establecimiento educacional o en sus inmediaciones».

Ambos se presentan en el marco de distintos hechos de violencia escolar, agudizado tras el asesinato de una inspectora en Calama en manos de un alumno del establecimiento.
El primero de ellos busca modificar el Código Penal para poder sancionar con mayor severidad los delitos contra estudiantes, docentes o asistentes. El segundo, denominado ‘Escuelas Protegidas‘, tiene un enfoque preventivo y busca el resguardo de la integridad física y psíquica de la comunidad estudiantil.
La explicación de María Paz Arzola
Más tarde esa misma jornada, la ministra de Educación, María Paz Arzola, concedió una entrevista a CNN donde abordó el proyecto. Al inicio de la conversación, Mónica Rincón le consulta si el proyecto, además de la revisión de mochilas y bolsos, también contempla que se revise la vestimenta de los estudiantes.
Lo primero que explica la ministra es que dichas medidas no son obligatorias para los colegios —públicos o privados—, sino una posibilidad para que puedan incorporarlo en sus reglamentos internos. Precisa luego que, incluso así, el alumno no está obligado a abrir sus pertenencias.
«Nos costó redactar esto porque no es fácil, bien tú decías, está el derecho a la privacidad, entonces esto tiene que hacerse de manera muy cuidadosa. Por eso la idea es apartarlo a una sala y ahí pedirle que abra su mochila. Si él no quiere, entonces hay que llamar al apoderado. Y si es que el apoderado no llega o se sigue sin poder identificar lo que hay adentro, entonces ahí recién se llama a Carabineros, porque un profesor no está habilitado para hacer algo así».
Más adelante, enfatiza en que el proyecto establece que la revisión no puede ser forzosa y que los profesores no están habilitados para llevarla a cabo.
Allí, la periodista insiste en la pregunta inicial y comenta «usted entiende también la preocupación de ‘si esto no es un bolso y es la ropa, un adulto con un niño’, revisar la ropa, ¿entiende la preocupación?». A lo que Arzola contesta que no se contempla la revisión de ropa. «Son las pertenencias, no es la ropa. Mochilas, bolsos… así está redactado en el proyecto de ley», comenta la titular de Educación.
Frase de la ministra:
- María Paz Arzola sobre el proyecto de ley: “Por eso digo, son las pertenencias, no es la ropa. Mochilas, bolsos… así está redactado en el proyecto de ley“
- Fuente: Minuto 05:52 del video de CNN Chile.
- Calificación: Falso.
El proyecto sí faculta para revisar la vestimenta de estudiantes
En el apartado de ‘Proyectos de Ley‘ del sitio web de la Cámara de Diputadas y Diputados se puede revisar la propuesta del Ejecutivo, con el título «Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa». Se ingresó al proyecto y se procedió a revisar su documento oficial con el cual se ingresó a la Cámara.
El primer artículo establece que los establecimientos podrán incorporar en sus reglamentos internos la «revisión de mochilas, bolsos u otros efectos personales de los estudiantes para impedir el ingreso, uso, porte y posesión de elementos que pudiesen ser utilizados para agredir a otros, para atentar contra la infraestructura del establecimiento educacional o que fueren potencialmente peligrosos para la comunidad educativa».
La ropa está en un nuevo artículo del Código Procesal Penal
Luego se especifica que cada establecimiento deberá designar a un encargado para las revisiones. Tal como afirmó la ministra Arzola, esta no podrá ser forzosa y requiere de la disposición del alumno para proceder. De no contar con ella, se procederá a llamar al apoderado y, en caso de tampoco tener su colaboración, se llamará a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Como se observa en la captura, se deberá proceder de acuerdo al artículo 87 ter del Código Procesal Penal, el que no existe, se propone introducir en el mismo proyecto.
Seguido de lo anterior, en el artículo 2º del proyecto se establece la incorporación del 87 ter a dicho Código, en el cual se explicita la «Revisión de vestimentas y efectos personales en establecimientos educacionales»:
“Artículo 87 ter.- Revisión de vestimentas y efectos personales en establecimientos educacionales. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso final del artículo 16 J del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005, los funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones podrán, sin orden del fiscal y previo requerimiento del personal del establecimiento educacional correspondiente, cuando exista algún indicio de que el estudiante hubiere cometido o intentado cometer un crimen o simple delito, o de que se dispusiere a cometerlo, concurrir a este con el objeto de efectuar el registro de las vestimentas y efectos personales del estudiante.
El proyecto luego agrega que dicho examen de vestimentas de parte de las Fuerzas de Orden y Seguridad deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 89 del mismo Código.

Por tanto, como queda en evidencia, el Proyecto de Ley, aludido por María Paz Arzola, sí contempla explícitamente la revisión de vestimenta de los estudiantes por parte de las Fuerzas de Orden y Seguridad, contrario a lo asegurado por la ministra.
Respuesta desde Mineduc
Fast Check se comunicó con el Mineduc para consultar por la declaración de la ministra Arzola.
Al respecto, desde la cartera hicieron llegar la siguiente respuesta:
El proyecto otorga al establecimiento educacional la facultad de regular, en su reglamento interno, la revisión de mochilas, bolsos u otros efectos personales, con el objeto de prevenir el ingreso de elementos peligrosos y resguardar la seguridad de la comunidad educativa.
Esta medida no autoriza al colegio, en ningún caso, la revisión de vestimenta ni la realización de registros corporales.
Por el contrario, el proyecto establece expresamente que deberá evitarse cualquier forma de contacto físico durante su ejecución.
A su vez, el ordenamiento jurídico vigente reconoce expresamente facultades a las policías para efectuar controles de identidad y revisar vestimentas. En coherencia con ello, el proyecto dispone que, cuando existan indicios de que un estudiante hubiere cometido o intentado cometer un crimen o simple delito, o se dispusiere a cometerlo, corresponderá a la policía concurrir al establecimiento para efectuar el registro de sus vestimentas y efectos personales. Se trata, por tanto, de una actuación reservada a la autoridad policial y no al personal del colegio.
Como es mencionado al final de la respuesta del Ministerio, solo la policía podrá efectuar el examen de vestimenta, lo cual es correcto. No obstante, la ministra nunca hizo esa precisión en la entrevista, donde descartó que la ropa se incluyera en la revisión de los estudiantes.
Conclusión
Fast Check califica lo dicho por María Paz Arzola como #Falso. Tras revisar el documento oficial del proyecto de ley ‘Escuelas Protegidas‘, se corroboró que este sí contempla la revisión de la vestimenta de los estudiantes por parte de la autoridad policial si se considera necesario, contrario a lo asegurado por la ministra de Educación.

Fuentes
- Gobierno de Chile: Presidente José Antonio Kast firma proyectos para mejorar la seguridad en recintos educacionales
- Prensa Presidencia: Presidente Kast firma proyectos para mejorar seguridad educativa: “La vida de cualquiera de nuestros niños, de la comunidad educativa, no tiene color político”
- CNN: Ministra de Educación, María Paz Arzola, habla en CNN Prime
- Apartado de ‘Proyectos de Ley‘ en el sitio web de la Cámara de Diputadas y Diputados
- Proyecto de Ley que Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
- Código Procesal Penal
- Contacto directo con el Ministerio de Educación



















