Este lunes 22 de septiembre, Evelyn Matthei (Chile Vamos) presentó parte de sus propuestas en materia de seguridad. En el acto, estuvo acompañada por Miguel Alfonso, exgeneral del Ejército, por Esteban Díaz, exgeneral de Carabineros, y Carlos Maldonado, exministro de Justicia.
Una de las propuestas anunciadas fue la creación de una defensoría para Carabineros, Policía de Investigaciones (PDI) y miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA) que sea acusados «por algún hecho que cometió durante el ejercicio de sus funciones».
Tras anunciar la medida, la candidata y exalcaldesa de la comuna de Providencia aseguró que:
Hoy día los delincuentes tienen defensor penal público gratuito y Carabineros, la PDI y las Fuerzas Armadas no tienen nada. Se lo tienen que pagar ellos. Así que, además, los vamos a cuidar.
La información se encontró también publicada en X.
“Delincuentes tienen defensor penal público gratuito”: #Real
La Defensoría Penal Pública (DPP) en su sitio web declara que tiene por objetivo «entregar defensa penal a todas las personas imputadas y condenadas en el marco del sistema procesal chileno, garantizando así el acceso a la justicia de todas y todos». En ninguna parte del sitio se hace distinción alguna por defender a funcionarios policiales o de las FF.AA.
De hecho, se asegura que protege los derechos de las personas «independientemente de su situación económica, social o cultural». Adicionalmente, en los ‘Estándares de Defensa‘ de la DPP, declaran que estos deben respetarse «independiente de la fuente de su contratación». En ningún momento se hace distinción entre delincuentes, policías o cualquier categoría de persona.
Al respecto, el abogado y magíster en Derecho Público, Felipe Godoy, explica que primeramente opera el mandato de la Constitución, que establece que cualquier persona que no tenga los medios para costear una defensa, puede acceder a una asistencia legal a través de la DPP.
En el numeral 3 del artículo 19 de la Constitución se consagra «la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos». Luego, en el tercer inciso de dicho numeral, menciona que «la ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselos por sí mismos».
Como se aprecia, no hay diferencias para poder recibir o no asistencia jurídica, sea cual sea la condición del necesitado. En el cuarto inciso incluso se declara:
Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley.

Del mismo modo, la Ley 19718, que «Crea la Defensoría Penal Pública» también garantiza que cualquier imputado puede acceder al servicio gratuitamente. Esto queda consagrado en distintos artículos:
Artículo 2°.- La Defensoría tiene por finalidad proporcionar defensa penal a los imputados o acusados por un crimen, simple delito o falta que sea de competencia de un juzgado de garantía o de un tribunal de juicio oral en lo penal y de las respectivas Cortes, en su caso, y que carezcan de abogado.
Artículo 35.- Son beneficiarios de la defensa penal pública todos los imputados o acusados que carezcan de abogado y requieran de un defensor.
Artículo 36.- La defensa penal pública será siempre gratuita.
Carabineros, PDI y FF.AA no son defendidos por la Defensoría Penal Pública: #Falso
Como ya se explicó, ni la Constitución, la ley o la propia DDP establecen que haya alguna incompatibilidad que impida a las policías o miembros de las FF.AA ser representados por el organismo.
De hecho, el artículo 19 de la Carta Magna, en el inciso segundo del numeral 3, explica cómo operará este derecho para las instituciones de orden:
Toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida. Tratándose de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, este derecho se regirá, en lo concerniente a lo administrativo y disciplinario, por las normas pertinentes de sus respectivos estatutos.
Felipe Godoy aclara además que, si bien las instituciones pueden tener departamentos jurídicos para apoyar a sus funcionarios —como el caso de Carabineros—, no quiere decir que no puedan optar a ser defendidos por la DPP. «El carabinero que no quiere ir representado por el departamento jurídico de esa institución, puede ser representado por la Defensoría Penal Pública. No hay ningún inconveniente con eso», agrega.
Carabineros, PDI y la propia Defensoría Penal Pública lo desmienten
Fast Check consultó directamente con Carabineros de Chile si existe alguna inhabilidad como la que asegura Evelyn Matthei. Al respecto, respondieron que incluso tienen un convenio con la DPP:
En Carabineros tenemos nuestro propio departamento jurídico. Pero también, el año 2021 Carabineros y la Defensoría Penal Pública firmaron un convenio de colaboración para fortalecer el derecho a la defensa del ejercicio de Carabineros en su función pública.
Mediante una búsqueda avanzada dimos con ejemplos de situaciones en las que personal de Carabineros fue representado por la defensoría (1,2,3). Entre ellos incluso se encuentran funcionarios imputados en causas relacionadas al estallido social y al asesinato de Catrillanca.

En la misma línea, desde la PDI declararon que sus integrantes también pueden contar con el servicio de la DPP:
(…) los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, siempre pueden acceder a contar con un defensor público, en los siguientes supuestos: a) si no cuentan con un abogado particular, de su confianza; b) si prefieren no ser defendidos por un abogado institucional; o c) si no es posible que estos últimos presten defensa, por tratarse de un hecho que no se cometió en el ejercicio legítimo de la función policial.
Respecto a los servicios jurídicos institucionales, al igual que en el caso de Carabineros, estos también son gratuitos.
(…) si el funcionario de la PDI se encuentra imputado por un hecho acaecido en el ejercicio legítimo de la función policial, tiene derecho a ser asistido por un abogado institución, en forma gratuita, desde la primera actuación del procedimiento dirigido en su contra.
Fast Check se comunicó también con la Defensoría Penal Pública. Mediante una declaración oficial de la institución, desmienten que no se defienda a las policías y personal de las FF.AA y resaltaron su compromiso con la protección de los derechos de toda persona que lo necesite.
La Defensoría Penal Pública nació con un mandato claro: garantizar el derecho a defensa penal de toda persona que lo requiera. Ese principio, que parece simple, es el corazón del estado de derecho, pues asegura que nadie —sea cual sea su condición social, étnica o laboral— enfrente un juicio sin la protección de sus derechos fundamentales. Nuestra labor no distingue uniforme ni procedencia. Es por ello que en muchas oportunidades hemos representado a funcionarios policiales y miembros de las Fuerzas Armadas cuando han sido acusados, ejerciendo o no sus funciones. En todos estos casos, nuestro rol ha sido el mismo: velar porque la justicia actúe conforme a la ley y las pruebas, sin prejuicios ni condenas anticipadas.
Finalmente, Fast Check se intentó comunicar con el equipo de Evelyn Matthei. Desde el comando explicaron que la propuesta apunta a mejorar el sistema ya que en la práctica, no funciona de la mejor manera. Al respecto, hicieron llegar la siguiente declaración:
Lo que planteó Evelyn apunta a una situación de asimetría práctica. Es cierto que, en estricto derecho, Carabineros, PDI y las FF.AA. podrían acceder a la Defensoría Penal Pública si lo requieren. Sin embargo, en la práctica eso no esta ocurriendo, porque no existe una defensoría especializada ni un sistema institucionalizado de respaldo jurídico permanente para funcionarios que enfrentan procesos derivados de su labor.
El contraste que se remarcó es que los delincuentes cuentan con una defensa asegurada y gratuita de manera inmediata y organizada, mientras que las policías y las Fuerzas Armadas, cuando son cuestionadas por procedimientos en servicio, deben recurrir a abogados particulares u otros.
Evelyn ha planteado que el Estado debe garantizar respaldo jurídico real, oportuno y sistemático para quienes arriesgan la vida en la primera línea contra la delincuencia, y ese es justamente el objetivo de la propuesta presentada.
Conclusión
Fast Check califica lo dicho por Evelyn Matthei como #Impreciso. Si bien es correcto que los delincuentes siempre tienen derecho a un defensor penal público, no es correcto que las policías y Fuerzas Armadas no lo tengan. Desde Carabineros y la PDI aseguraron que no existe tal prohibición y la propia Defensoría Penal Pública aclaró que los miembros de las tres instituciones pueden contar con el servicio si así lo desean.

Fuentes
- Video de Diario Financiero: Propuestas de Evelyn Matthei en materia de Seguridad
- Sitio web de la Defensoría Penal Pública
- Estándares de Defensa de la Defensoría Penal Pública
- Artículo 19 de la Constitución Política de la República
- Artículo 2°, 35 y 36 de la Ley 19718
- Contacto directo con Felipe Godoy, abogado y magíster en Derecho Público
- Contacto directo con Carabineros de Chile
- Búsqueda avanzada de Google
- Notas (1,2,3) de casos en que la Defensoría Penal Pública defendió a personal de Carabineros
- Contacto directo con la Policía de Investigaciones de Chile
- Contacto directo con la Defensoría Penal Pública
