En octubre de 2025, el abogado Cristián Salinas, en representación de Amaro Publicidad Group SpA, presentó una demanda por cobro de pesos contra el alcalde de Santiago, Mario Desbordes, con el objetivo de exigir el pago de una factura que asciende a $40.817.000.
El monto tiene su origen en la «Factura Electrónica N° 4842», emitida el 25 de octubre de 2024, en el contexto de la campaña municipal del entonces candidato, quien finalmente resultó electo tras imponerse a Irací Hassler.
De acuerdo con el documento, al que Fast Check tuvo acceso, los servicios incluyen la elaboración de material de propaganda como volantes, bolsas, palomas publicitarias, banderas, jockeys y poleras.
Según el libelo, el receptor de la factura no presentó reclamos ni devoluciones dentro del plazo de ocho días establecido por la Ley N° 19.983, por lo que la obligación se entiende «irrevocablemente aceptada». En esa línea, la parte demandante solicita que el tribunal condene al pago del monto adeudado, junto con intereses y costas.
La disputa con el Servel
El conflicto se entrelaza con un antecedente previo. En julio de 2025, el Servicio Electoral (Servel) —según reveló Fast Check— rechazó en su totalidad la rendición de gastos de Desbordes por «omisiones graves». Entre los montos observados figuraba precisamente la declaración por $40.817.000 de Amaro Publicidad Group SpA.
El organismo detectó que la candidatura solicitó el reembolso con un documento que no estaba incorporado en los registros generales. Tras revisar los antecedentes, concluyó que la factura había sido «anulada mediante nota de crédito», lo que le restaba validez como respaldo de gasto electoral.
La defensa del alcalde argumentó que dicha anulación respondió a «errores formales en su emisión» y que el documento fue reemplazado por la factura N° 4842, la cual «versa sobre las mismas prestaciones» y se encuentra vigente. Asimismo, atribuyó la inconsistencia a limitaciones del sistema del Servel.
Según argumentó el administrador electoral, la plataforma «no permite la total eliminación de un registro cuando es cargado y enviado desde el Formulario 107», lo que habría mantenido información residual.
Pese a ello, el Servel mantuvo su decisión. Advirtió que presentar documentos anulados como vigentes no es un error menor, ya que «podría dar lugar a un doble financiamiento del gasto, uno de carácter privado y otro de origen público». En consecuencia, concluyó que los antecedentes no acreditan la veracidad del gasto, por lo que -en consecuencia- no corresponde su reembolso.
Las excepciones dilatorias en la demanda
En el marco de la causa, radicada en el 28° Juzgado Civil de Santiago, la defensa del alcalde Desbordes presentó un incidente de nulidad por «falta de emplazamiento». Sostuvo que tomó conocimiento de la demanda de manera «extrajudicial» el 29 de diciembre de 2025 y que la notificación se practicó en un domicilio que no corresponde ni a su residencia ni a su lugar de trabajo.
Adicionalmente, la defensa ha insistido -mediante excepciones dilatorias- falta de personería del representante y a la omisión de hechos esenciales en el libelo. En su escrito, solicitó al tribunal que el demandante corrija estos vicios bajo apercibimiento de ley, lo que de acuerdo a lo examinado por este medio, ya han sido abordadas y evacuadas por la parte demandante.
Consultado por Fast Check, Desbordes insistió en que el «Servel erróneamente señaló que la factura estaba anulada», lo que motivó el rechazo de su rendición de gastos. Añadió que la decisión se encuentra apelada ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) desde hace más de un año y que esperan un fallo favorable.
«En el intertanto, la imprenta señala que no puede seguir esperando, y demandó civilmente», afirmó el jefe comunal a Fast Check.
En caso de superarse la dilación del proceso, el siguiente paso sería la realización de una audiencia de conciliación, instancia en la que se evaluará la posibilidad de alcanzar un acuerdo entre las partes. De no prosperar esa vía, el procedimiento continuará su curso.





















