“Convención aprueba prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros de Chile”: #Falso

En Facebook circula que la Convención Constitucional aprobó prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros. Sin embargo, esto es falso. No hay ninguna norma que establezca lo que se difunde en redes sociales.

En Facebook circula que la Convención Constitucional aprobó prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros. Sin embargo, esto es falso. No hay ninguna norma que establezca lo que se difunde en redes sociales.


Si tienes poco tiempo:

  • En Facebook ha comenzado a circula una premisa en la que se asevera lo siguiente: «Convención aprueba prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros de Chile». Esto es falso.
  • No existe ninguna norma que exprese lo que se difunde en redes sociales.
  • Referido al uso de armas, se aprobó que es la ley quien «regulará el uso de la fuerza y el armamento que pueda ser utilizado en el ejercicio de las funciones de las instituciones autorizadas por esta Constitución». No se establece la prohibición de uso de armas a Carabineros o policías.

Por Elías Miranda

En los últimos días ha comenzado a circular por redes sociales (1) la siguiente afirmación: «Convención aprueba prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros de Chile». Lo anterior se relaciona a lo aprobado por el Pleno de la Convención Constitucional (CC) durante esta semana, en específico, por las normas que regulan a las policías.

Mediante la herramienta de CrowdTangle logramos dar con varias publicaciones, las que cuentan con más de 600 reacciones e interacciones (2,3,4,5).

Fast Check CL indagó en la presunta norma aprobada, concluyendo que el contenido viralizado es falso, pues no hay ningún artículo que haya expresado lo que se menciona en redes sociales.

Puede ser una imagen de 2 personas y texto que dice "CONVENCION APRUEBA PROHIBIR EL USO DE ARMAS DE FUEGO A CARABINEROS DE CHILE"
Imagen difundida en RR.SS.

Búsqueda avanzada

En primer lugar, realizamos una búsqueda avanzada para encontrar el detalle de la supuesta norma aprobada por la Convención Constitucional. Aplicamos las palabras exactas: «Convención aprueba prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros de Chile».

Sin embargo, pese a las insistencias en comandos de búsqueda, no encontramos ningún medio de comunicación nacional que consignara la aprobación «de prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros de Chile».

En nuestro rastreo, dimos con una nota de La Tercera respecto a una iniciativa de parte del Gobierno para modificar el porte de armas a uniformados en retiro: «Gobierno prepara modificación legal para prohibir porte de armas a uniformados en retiro». Lo anterior también se reporta en El Mostrador.

Otro hallazgo al respecto, es la cobertura de las normas aprobadas el pasado lunes por el Pleno de la CC, en relación al rol de las policías (1,2,3,4). Uno de ellos es el artículo 19, aprobado con 109 votos a favor, 33 en contra y 14 abstenciones, donde no se declara que se prohibirá el uso de armas de fuego a Carabineros.

La CC no ha agregado la prohibición de armas de fuego en Carabineros

Como se indica en el apartado anterior, el rol de las policías fue puesto a votación tras un informe emanado desde el informe de la Comisión de Sistema Político, en la sesión del Pleno durante el pasado lunes 9 de mayo. Fue ahí cuando se pasó al borrador los artículos que las regulan. Referente a eso, se encuentra la incorporación de perspectiva de género, el énfasis en Derechos Humanos y el carácter de no militar; en contraste con la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, que lo define como «una Institución policial técnica y de carácter militar».

En el artículo «(89) 19.- Policías», se estipula lo siguiente: «Las policías dependen del ministerio a cargo de la seguridad pública y son instituciones policiales, no militares, de carácter centralizado, con competencia en todo el territorio de Chile, y están destinadas para garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales, en el marco de sus competencias».

Por su parte, en el inciso posterior se consigna: «Las policías deberán incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y promover la paridad en espacios de toma de decisión. Deberán actuar respetando los principios de necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, con pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales garantizados en esta Constitución».

Finalmente, respecto a las restricciones para las policías: «(…) Sus integrantes no podrán pertenecer a partidos políticos, asociarse en organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer el derecho a huelga, ni postularse a cargos de elección popular».

No se advierte ninguna norma en ese artículo que haga alusión a una norma expresa respecto a la prohibición del «uso de armas de fuego a Carabineros de Chile». (Lee el artículo aprobado , pinchando aquí).

Será la ley la que regulará el uso de armas

Lo que sí está expreso en el borrador de la propuesta constitucional y que fue aprobado el pasado lunes, es que de acuerdo al Artículo 14 (Monopolio estatal de la fuerza), el «Estado tiene el monopolio indelegable del uso legítimo de la fuerza, la que ejerce a través de las instituciones competentes». Ahora bien, sobre el uso de la fuerza y armamento, se lee que:

«La ley regulará el uso de la fuerza y el armamento que pueda ser utilizado en el ejercicio de las funciones de las instituciones autorizadas por esta Constitución».

Sobre la restricción a particulares, el borrador hace referencia a «que ninguna persona, grupo u organización podrá poseer, tener o portar armas u otros elementos similares, salvo en los casos que señale la ley, la que fijará los requisitos, autorizaciones y controles del uso, porte y tenencia de armas».

En ningún caso se establece una prohibición al uso de armas para las policías, pues como se determina, será la ley quien regulará el uso para las instituciones autorizadas. (Lee el artículo aprobado junto a sus incisos, pinchando aquí).

Cabe consignar que el pasado lunes 9 de mayo, se descartó de la discusión constitucional el artículo que indicaba que “las policías están constituidas única y exclusivamente por Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones”, por 95 votos a favor, 41 en contra y 14 abstenciones.

La “desmilitarización”

Uno de los conceptos referidos al artículo aprobado (19), es la llamada «desmilitarización» de la policía. Fast Check CL se contactó con Hugo Fruhiling, profesor titular del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile y Doctor en Ciencias Jurídicas por la Universidad de Harvard.

En primer lugar, señaló que la premisa difundida en redes sociales es falsa. Respecto a la implicancia de tener instituciones no militares, indicó:

«Si esto se entiende que serán instituciones civiles, significa que no van tener un carácter militar, en cuanto a su formación, grados y sujeción al código de justicia militar y a los tribunales militares. Pero nada dice respecto a sus funciones, que seguirían siendo exactamente a las actuales. Y tampoco respecto al uso de armas o uniforme. Todas las policías civiles del mundo, usan uniforme y usan armas».

De igual manera, nos pusimos en contacto con los convencionales Ricardo Montero (PS) y Cristian Monckeberg (RN), miembros de la Comisión de Sistema Político, para consultarles por la premisa inicial.

Montero señaló que se trata de algo falso: «Las policías (incluidos Carabineros) son instituciones armadas». Pero, hasta el cierre de esta nota, no obtuvimos respuesta del convencional Monckeberg.

Conclusión

Fast Check CL declara como falsa la premisa que circula en redes sociales, en la que se afirma que la «Convención aprueba prohibir el uso de armas de fuego a Carabineros de Chile».

No hay ninguna norma aprobada que estipule la prohibición de armas de fuego a Carabineros. Lo que se indica en la propuesta constitucional es que será la ley la que «regulará el uso de la fuerza y el armamento que pueda ser utilizado en el ejercicio de las funciones de las instituciones autorizadas».

Fast Check CL es un medio de comunicación, que depende de sus suscriptores para financiar el equipo de trabajo que hizo este artículo. Sin ti este proyecto finalizará en 2025. Puedes ser suscriptor/a y ayudarnos a combatir la desinformación en Chile por solo 1.500 al mes. 

Te puede interesar:

(Imagen) “Kast ni siquiera asume y ya empezó el nepotismo”: “Mineduc contrató a yerno de José Antonio Kast”: #Engañoso

Se viraliza en redes sociales que el yerno de José Antonio Kast habría sido contratado por el Ministerio de Educación. Para ello, lo respaldan con una noticia de El Ciudadano. Fast Check CL califica este contenido como #Engañoso, ya que la información difundida corresponde a una publicación de 2018, emitida durante la administración del expresidente Sebastián Piñera, y ha sido presentada fuera de contexto.

Empresa de exfuncionario recibió más de $98 millones mientras su cónyuge prestaba servicios en la Municipalidad de Copiapó

Fast Check CL constató que el representante legal de Víctor Varela Ávila E.I.R.L. mantiene un vínculo conyugal con Thiare Chiappa Gómez, quien prestó servicios a honorarios en la Municipalidad de Copiapó. De acuerdo con los antecedentes revisados, entre diciembre de 2024 y abril de 2025 —período en que ambos mantenían relación contractual con el municipio— la empresa de Varela recibió pagos por un total de $98.784.268. Esta situación fue consignada por la Contraloría Regional de Atacama en su Informe Final de Investigación Especial N° 739, donde se indica que los antecedentes fueron derivados a su Unidad Jurídica para el análisis legal correspondiente.

Contraloría cuestiona licitación del ISP que terminó con un contrato informático en $100 millones más caro

Un informe de la Contraloría General de la República detectó irregularidades en una licitación del Instituto de Salud Pública (ISP) para la contratación de servicios informáticos, adjudicada en mayo de 2024 por más de $775 millones. El organismo concluyó que el proceso se resolvió por una diferencia de 0,52 puntos, cuestionó la evaluación de la experiencia de los oferentes y advirtió que se desestimó una oferta que era más de $100 millones inferior.

Últimos chequeos:

(Imagen) “Kast ni siquiera asume y ya empezó el nepotismo”: “Mineduc contrató a yerno de José Antonio Kast”: #Engañoso

Se viraliza en redes sociales que el yerno de José Antonio Kast habría sido contratado por el Ministerio de Educación. Para ello, lo respaldan con una noticia de El Ciudadano. Fast Check CL califica este contenido como #Engañoso, ya que la información difundida corresponde a una publicación de 2018, emitida durante la administración del expresidente Sebastián Piñera, y ha sido presentada fuera de contexto.

Kast recibirá mayor sueldo porque posee título profesional y Boric no: #Falso

El exsubsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, y el diputado electo Luis Pardo aseguraron que José Antonio Kast percibirá una remuneración superior a la del presidente Gabriel Boric una vez que asuma el cargo, argumentando que cuenta con un título universitario, a diferencia del actual mandatario. Fast Check calificó esta afirmación como #Falso, ya que el reajuste determinado por la Comisión para la Fijación de Remuneraciones se sustentó en la relevancia institucional del cargo presidencial y no en la posesión —o ausencia— de un título profesional por parte de quien ejerza la Presidencia.

(Foto) “Primera foto de Maduro capturado”: #Falso

El día de hoy se comenzó a difundir por redes sociales una foto con la supuesta captura de Nicolás Maduro. Esta foto presenta marcas de agua de creación con IA y no hay información oficial que confirme su difusión, por lo que Fast Check CL califica la imagen como falsa.

(Video) Presentadora de TV palestina pide asesinar a los homosexuales: #Engañoso

Circula un video en X de una supuesta presentadora de TV palestina comentando que todos los homosexuales deberían ser asesinados. Fast Check califica esto como #Engañoso, pues si bien la mujer comenta que las personas homosexuales no debiesen vivir, esto sucedió en una cadena de televisión egipcia con sede en Turquía, no es de Palestina. Además, la presentadora también es egipcia.

Maduro_capturado

(Imagen) Foto oficial de Nicolás Maduro capturado: #Real

Tras la captura de Nicolás Maduro por parte del Gobierno de los Estados Unidos, comenzó a circular una imagen que mostraría al líder chavista esposado y vendado. Fast Check califica este contenido como #Real. Fue subido a la cuenta oficial del presidente Donald Trump en la red Truth Social.

(Video) Presentadora de TV palestina pide asesinar a los homosexuales: #Engañoso

Circula un video en X de una supuesta presentadora de TV palestina comentando que todos los homosexuales deberían ser asesinados. Fast Check califica esto como #Engañoso, pues si bien la mujer comenta que las personas homosexuales no debiesen vivir, esto sucedió en una cadena de televisión egipcia con sede en Turquía, no es de Palestina. Además, la presentadora también es egipcia.

Contraloría cuestiona licitación del ISP que terminó con un contrato informático en $100 millones más caro

Un informe de la Contraloría General de la República detectó irregularidades en una licitación del Instituto de Salud Pública (ISP) para la contratación de servicios informáticos, adjudicada en mayo de 2024 por más de $775 millones. El organismo concluyó que el proceso se resolvió por una diferencia de 0,52 puntos, cuestionó la evaluación de la experiencia de los oferentes y advirtió que se desestimó una oferta que era más de $100 millones inferior.

(Foto) “Primera foto de Maduro capturado”: #Falso

El día de hoy se comenzó a difundir por redes sociales una foto con la supuesta captura de Nicolás Maduro. Esta foto presenta marcas de agua de creación con IA y no hay información oficial que confirme su difusión, por lo que Fast Check CL califica la imagen como falsa.