“Hoy salió el fallo de la Corte Suprema en favor de Óscar Sepúlveda, quien está cumpliendo pena en Punta Peuco. La supuesta víctima no está secuestrada ni muerta”: #Falso

Aseguran que durante estos últimos días, salió un fallo de la Corte Suprema en favor de Oscar Sepulveda, excarabinero que cumpliría condena en Punta Peuco. El líbelo habría esclarecido que la víctima de Sepúlveda no está secuestrada ni muerta, junto con señalar que el fisco deberá indemnizarlo. No obstante, esto es #Falso. La información es antigua y errónea, además, el exuniformado sí cumplió la sentencia por el hecho.

Aseguran que durante estos últimos días, salió un fallo de la Corte Suprema en favor de Óscar Sepúlveda, excarabinero que cumpliría condena en Punta Peuco. El líbelo habría esclarecido que la víctima de Sepúlveda no está secuestrada ni muerta, junto con señalar que el fisco deberá indemnizarlo. No obstante, esto es #Falso. La información es antigua y errónea, además, el exuniformado sí cumplió la sentencia por el hecho.


Por si tienes poco tiempo:

  • «Hoy salió el fallo de la Corte Suprema en favor de Óscar Sepúlveda, quien está cumpliendo pena en Punta Peuco. La supuesta víctima no está secuestrada ni muerta. El Fisco debe indemnizar», aseguran en redes sociales.
  • Fast Check CL detectó que esto es #Falso. No hay registro de un fallo en favor de Óscar Sepúlveda que establezca una indemnización. Documentos del propio Poder Judicial contradicen este relato que circula desde 2016. Sepúlveda cumplió su condena por secuestro —parte de ella en Punta Peuco y el resto en libertad condicional— el 12 de junio de 2019.

Por Elías Miranda

Se ha masificado en Tik Tok y Facebook (1,2,3) un relato que indica: «Hoy salió fallo de la Corte Suprema en favor Cap. (R) de Carabineros, Óscar Sepulveda Tapia, quien está cumpliendo actualmente condena en Punta Peuco por secuestro permanente. En este fallo se dictaminó que la supuesta víctima no está secuestrada ni muerta, sino que fue sacado por la iglesia al Perú, país donde reside actualmente».

Agregan: «Aún no sale el cúmplase. Se dispuso además que el Fisco debe indemnizar al afectado, acusado en forma fraudulenta. El fallo se puede bajar del sitio poder judicial».

Sin embargo, esta información que circula desde hace años, es errónea. Mediante información pública del Poder Judicial constatamos que Sepúlveda Tapia sí cumplió condena y no hay registros que prueben una indemnización por parte del fisco.

Captura de una publicación en Facebook.

Los hechos

Al revisar la causa, se constata que Óscar Sepúlveda Tapia (ex funcionario de Carabineros) fue sentenciado a una pena de 5 años y un día, ingresando a cumplir condena el 13 de junio de 2014. A Sepúlveda se le condenó por el delito de secuestro calificado en contra de Juan Vásquez Silva, ocurrido a partir del 16 de septiembre de 1973.

Según lo consignado, Juan Esteban Barrientos Aedo y Juan Bautista Vásquez Silva, trabajaban en un aserradero en la localidad de General Cruz (Peumo, región del Ñuble), cuando efectivos policiales los detuvieron y, con el pasar de las horas, les dispararon causándoles la muerte.

El Museo de la Memoria informa en su portal que el 16 de septiembre de 1973, «alrededor de las 23:00 horas (…) y según el relato de un testigo sobreviviente, los carabineros hicieron descender a los detenidos y los obligaron a correr mientras les disparaban por la espalda. Vásquez Silva cayó herido y murió en el lugar. Tampoco sus restos han podido ser ubicados y por lo mismo, su defunción debidamente inscrita».

Se le otorgó libertad condicional

Respecto a si la Corte Suprema falló a favor de Óscar Sepúlveda, obligando al fisco a una indemnización; no hay registro de aquello. Este medio detectó que el relato asociado a esta presunta acción judicial, data desde 2016 (ver aquí), siendo el primer indicio de aquello, un comentario de blog (revisa acá) del 2 de julio del citado año. Incluso, medios de comunicación replicaron este contenido.

Lo cierto es que Sepúlveda sí cumplió la condena impuesta por el Poder Judicial. Así lo demuestran documentos públicos del Ministerio de Justicia (lee el documento abajo), una sentencia de la Corte Suprema y registros de prensa (1,2); sin embargo, esta no fue ejecutada totalmente en el recinto penitenciario de Punta Peuco.

Resulta que en 2017, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por Sepúlveda —revocando la sentencia previa dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago—, otorgándole el beneficio a la libertad condicional impetrado. Lo anterior, porque el entonces condenado, cumplió una serie de requisitos para optar a ella, no porque se demostrara su inocencia (lee el fallo abajo).

De acuerdo a la Biblioteca del Congreso Nacional, la libertad condicional es un beneficio que se le otorga a los reos que están cumpliendo su condena en las cárceles: «Es un medio de prueba de que la persona demuestra avances en su proceso de reinserción social. Este beneficio no modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de cumplirla en libertad».

Sepúlveda terminó por cumplir su condena — parte de ella en libertad condicional— el 12 de junio de 2019.

¿Falso desaparecido?

En 2022, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos actualizó —mediante un documento— el total de desaparecidos y ejecutados por la dictadura militar (revisa acá).

Allí, se consignan los casos erróneos que durante algún tiempo fueron calificados como detenidos desaparecidos. En la lista no aparece Juan Vasquez Silva (víctima de Sepúlveda), contradiciendo la versión difundida desde 2016.

Fuente y elaboración: Ministerio de Justicia.

Conclusión

Fast Check CL determina #Falso el contenido. No hay registros de un fallo a favor de Óscar Sepúlveda que establezca lo que dice la publicación. Documentos del propio Poder Judicial contradicen este relato que circula desde 2016. Sepúlveda cumplió su condena por secuestro —parte de ella en Punta Peuco y el resto en libertad condicional— en junio de 2019.

Fast Check CL es un medio de comunicación, que depende de sus suscriptores para financiar el equipo de trabajo que hizo este artículo. Sin ti este proyecto finalizará en 2025. Puedes ser suscriptor/a y ayudarnos a combatir la desinformación en Chile por solo 1.500 al mes. 

Te puede interesar:

“Desde el 1 de mayo de 2025, vehículos con ‘tronador’ serán retirados y llevados a corrales”: #Falso

Una afirmación ampliamente compartida en redes sociales asegura que, desde el 1 de mayo de 2025, los vehículos con “tronadores” (modificaciones en el tubo de escape que generan mayor ruido) serán retirados de circulación. Fast Check CL verificó esta información y es #Falsa. No existe ninguna ley vigente que respalde esa afirmación. Además, el ministerio de Transportes y dos abogados, lo desmintieron.

Escudo Europeo de la Democracia permitirá anular elecciones: #Falso

Se comparten publicaciones afirmando que la Comisión Europea aprobó la creación de un Escudo Europeo de la Democracia que permitirá anular el resultado de procesos electorales que no se alineen con su ideología. Esto es #Falso, la Comisión Europea desmintió que este proyecto permita intervenir el resultado de elecciones, información que fue corroborada tras revisar la documentación oficial publicada por el organismo.

Contraloría objeta contratación de exdiputado Camilo Morán en La Florida: recibió más de $22 millones por labores ajenas a objetivos del municipio

La Contraloría General de la República objetó la contratación a honorarios de Morán en la Municipalidad de La Florida, luego de constatar que las funciones realizadas no se vinculaban a los fines propios del municipio. Según el Informe, Morán percibió más de $22 millones entre enero y julio de 2024, por tareas relacionadas a informes de análisis político-partidista. El documento concluye que la contratación fue improcedente, formulando un reparo por el total de los honorarios pagados e instruyendo un sumario administrativo con el fin de establecer posibles responsabilidades. Aunque su nombre aparece tachado en el informe, Fast Check CL logró confirmar su identidad con documentación pública.

Últimos chequeos:

“Desde el 1 de mayo de 2025, vehículos con ‘tronador’ serán retirados y llevados a corrales”: #Falso

Una afirmación ampliamente compartida en redes sociales asegura que, desde el 1 de mayo de 2025, los vehículos con “tronadores” (modificaciones en el tubo de escape que generan mayor ruido) serán retirados de circulación. Fast Check CL verificó esta información y es #Falsa. No existe ninguna ley vigente que respalde esa afirmación. Además, el ministerio de Transportes y dos abogados, lo desmintieron.

Escudo Europeo de la Democracia permitirá anular elecciones: #Falso

Se comparten publicaciones afirmando que la Comisión Europea aprobó la creación de un Escudo Europeo de la Democracia que permitirá anular el resultado de procesos electorales que no se alineen con su ideología. Esto es #Falso, la Comisión Europea desmintió que este proyecto permita intervenir el resultado de elecciones, información que fue corroborada tras revisar la documentación oficial publicada por el organismo.

“Un millón de inmigrantes ilegales inscritos en Fonasa, sin papeles ni documentos”: #Falso

Circula en redes sociales la afirmación de que un millón de inmigrantes irregulares están inscritos en Fonasa sin contar con documentos ni papeles. Sin embargo, esta información es #Falsa: los datos oficiales indican que aproximadamente 533.000 extranjeros están en el Tramo A como carentes de recursos, pero no se puede determinar cuántos de ellos están en situación irregular. Además, la mayoría de los afiliados extranjeros en Fonasa son cotizantes y contribuyen al sistema de salud.

“Un millón de inmigrantes ilegales inscritos en Fonasa, sin papeles ni documentos”: #Falso

Circula en redes sociales la afirmación de que un millón de inmigrantes irregulares están inscritos en Fonasa sin contar con documentos ni papeles. Sin embargo, esta información es #Falsa: los datos oficiales indican que aproximadamente 533.000 extranjeros están en el Tramo A como carentes de recursos, pero no se puede determinar cuántos de ellos están en situación irregular. Además, la mayoría de los afiliados extranjeros en Fonasa son cotizantes y contribuyen al sistema de salud.

Una factura a la municipalidad, otra al factoring: el presunto mecanismo de ASEDO para duplicar los cobros al Estado

Cuatro organismos públicos y privados —entre ellos, municipios, un servicio estatal y una empresa financiera— presentan querellas penales contra ASEDO Limitada, proveedora de servicios de limpieza. A la empresa se le apuntan los delitos de estafa, uso malicioso de documentos y falsificación reiterada. Tras revisar los libelos se observó un presunto patrón de irregularidades que incluye la emisión de facturas ideológicamente falsas y el uso de pólizas falsificadas en la adjudicación de contratos públicos.

“Todas las personas que deban pensión de alimentos se le pondrá en el carnet ‘deudor de pensión de alimentos'”: #Falso

En TikTok circula la afirmación de que, a raíz del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, quienes mantengan esta deuda tendrán inscrita en su cédula de identidad la leyenda “deudor de pensión de alimentos”. Sin embargo, esto es #Falso. Fast Check revisó diversas fuentes oficiales y constató que en ningún momento la normativa contempla esa medida. Además, tanto el Servicio de Registro Civil e Identificación como el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género desmintieron categóricamente dicha información.