Comunicado del Gobierno anuncia que a partir del 1 de abril, en Antofagasta, Calama y Tocopilla se exigirá portar la cédula de identidad: #Falso

Una publicación viral exhibe un supuesto comunicado del Gobierno de Chile que establece que en Antofagasta, Calama y Tocopilla se exigirá el porte obligatorio de la cédula de identidad. Fast Check calificó esto como #Falso, pues la Delegación Presidencial Regional de Antofagasta lo desmintió, sumado a que la actual ley permite que las personas puedan acreditar su identificación de distintas formas y no únicamente con la cédula de identidad.

El pasado fin de semana circuló en redes sociales (1,2,3,4,5,6) una supuesta información oficial del Gobierno de Chile, en la que se da la siguiente información:

Se informa a la ciudadania de Antofagasta, Calama y Tocopilla que, a partir del 1 de abril del presente año, se implementará la exigencia de portar cédula de identidad tanto para ciudadanos chilenos como para extranjeros residentes en la zona.

Publicación verificada.

El gobierno no implementó tal exigencia

Inicialmente, tras una búsqueda avanzada basada en conceptos clave, no se encontraron registros en canales oficiales del gobierno que informen sobre la supuesta nueva exigencia para Antofagasta, Calama y Tocopilla.

La pesquisa arrojó una publicación en X de la cuenta oficial del Gobierno de Chile —sobre otro anuncio— en la que se utiliza el mismo estilo gráfico y el slogan «de primera fuente». Sin embargo, desde que asumió la nueva administración, es el único comunicado subido con dicha plantilla.

Adicionalmente, se dio con un post de la Delegación Presidencial Regional de Antofagasta a través de X desmintiendo la información. «Informamos a la comunidad que esta información difundida a través de redes sociales ES FALSA», declararon.

¿Qué dice la ley actual?

Según explica un artículo de Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso Nacional, actualmente Carabineros y PDI tienen la facultad de controlar la identidad de cualquier mayor de 18 años. No obstante, no es requisito hacerlo únicamente con la cédula de identidad:

Los funcionarios de Carabineros o de la Policía de Investigaciones (PDI) pueden controlar la identidad de cualquier persona mayor de 18 años en vías o lugares públicos y en lugares privados de acceso público. Para individualizar a la persona, se puede usar cualquier medio de identificación, tal como cédula de identidad, licencia de conducir, pasaporte o tarjeta estudiantil. También se puede usar cualquier dispositivo tecnológico.

Se menciona además que, en caso de no identificarse, «la pena para esta infracción legal es de multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales (UTM)», a diferencia de las sanciones que menciona la imagen viralizada, donde supuestamente se aplicaría una multa de 10 UTM y traslado a una comisaría.

La Ley 20.932

Las medidas mencionadas están explicitadas en la Ley 20.932. En su artículo 12, la norma establece que cualquier persona mayor de 18 años puede presentar cualquiera de los siguientes documentos para acreditar su identificación:

  • Cédula de identidad
  • Licencia de conducir
  • Pasaporte
  • Tarjeta estudiantil

En caso de no contar con alguno de estos elementos, tanto la persona requerida como el funcionario policial podrán utilizar un dispositivo tecnológico a través del cual se acredite la identidad respectiva.

Para el caso de personas extranjeras, la ley establece lo siguiente:

El funcionario policial deberá considerar como documentos válidos para acreditar la situación migratoria regular de la persona extranjera, su cédula de identidad vigente, el certificado otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones en el que conste que la persona extranjera realizó una solicitud de otorgamiento, cambio o prórroga de un permiso de residencia, o la resolución expedida por la autoridad migratoria en la que conste el otorgamiento de un permiso de residencia. Se entenderá que la cédula de identidad mantiene su vigencia en aquellos casos en que el extranjero cuente con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud, conforme lo establece el artículo 43 de la ley N° 21.325.

Conclusión

Fast Check califica el contenido como #Falso. No existen registros en canales oficiales del Gobierno de Chile que den cuenta de una supuesta exigencia de portar la cédula de identidad en Antofagasta, Calama y Tocopilla. La información fue desmentida por la Delegación Presidencial Regional de Antofagasta, y se suma a que la legislación vigente no obliga exclusivamente portar este documento, ya que en los controles de identidad se permite la identificación mediante otros medios.

Fuentes

  • Búsqueda avanzada en Google
  • Publicación en X de la cuenta oficial del Gobierno de Chile
  • Desmentido de la Delegación Presidencial Regional de Antofagasta a través de X
  • Ley Fácil: Control de Identidad
  • Ley 20.932

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