(Video) Proyecto de Ley SBAP: “Cualquier empresa podrá depredar nuestro patrimonio natural, compensando el daño con alguna acción en otro lugar”: #Chequeado

Recientemente se comenzó a compartir un video con el hashtag #NoaLaLeySBAP, cuyo fin es que no se apruebe el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) que se está discutiendo actualmente en la Cámara de Diputados. Fast Check CL verificó el contenido entregado en el video y pudo comprobar que no hay nada 100% real, solo información falsa o engañosa, ya que no se menciona que en la regulación actual gran parte de dichas situaciones están permitidas.

Recientemente se comenzó a compartir un video con el hashtag #NoaLaLeySBAP, cuyo fin es que no se apruebe el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) que se está discutiendo actualmente en la Cámara de Diputados. Fast Check CL verificó el contenido entregado en el video y pudo comprobar que no hay nada 100% real, solo información falsa o engañosa, ya que no se menciona que en la regulación actual gran parte de dichas situaciones están permitidas.


Si tienes poco tiempo:

  • Nuestros lectores nos solicitaron que chequearemos la información de un video cuyo fin es que no se apruebe el proyecto de ley SBAP.
  • El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) es un proyecto de Ley que busca la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país.
  • Primero se asegura que este proyecto permitirá la concesión de las áreas protegidas a privados por 30 años. Dicha afirmación se comprobó que era engañosa, ya que efectivamente existe la posibilidad de realizar concesiones por 30 años, pero no se menciona que hoy en día estas también se pueden realizar y en algunos casos por más años.
  • Se agrega que estas concesiones pueden ser transferidas (vendidas) totalmente a terceros, cosa que también se calificó como engañoso porque sí se pueden realizar transferencias, pero no es algo nuevo porque la regulación actual también lo permite. Además, se deben cumplir ciertos requisitos para que estás se puedan llevar a cabo.
  • Se explicita también que cualquier empresa podrá depredar nuestro patrimonio compensando con alguna acción en otro lugar. También se catalogó como engañoso, ya que nuevamente no se menciona que la regulación actual también permite la compensación. Además, sustentan dicha afirmación con un artículo que fue eliminado (bancos de compensación).
  • Por último, se sostiene que se podrá realizar todo tipo de inversiones como proyectos mineros, salmoneros, etc. Esta fue catalogada como falsa, ya que el proyecto plantea que en Reservas de Región Virgen, Parque Nacional y Monumento Natural no se podrá realizar ninguna actividad extractiva.

Por Isidora Osorio

Lectores de Fast Check CL solicitaron que se chequeara el contenido de un video cuyo propósito es que no se apruebe el proyecto de Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) que, según plantean, el Gobierno de Piñera estaría tramitando de manera escondida.

«SBAP permitirá la concesión de las Áreas Protegidas a privados por 30 años. Esas concesiones pueden ser transferidas (vendidas) totalmente a terceros, con lo cual se pierde el objetivo de la ley que es la conservación», aseguran en el video.

«Cualquier empresa podrá depredar nuestro patrimonio natural, compensando el daño con alguna acción en otro lugar. Obteniendo crédito para ello del llamado Banco de Compensación. Esto permitirá a los concesionarios de Parques y Reservas realizar todo tipo de inversión, tales como proyectos mineros, salmoneros, inmobiliarios, eléctricos, gasíferos, etc», continuan.

«Este es un atentado contra los chilenos y chilenas. No dejes que nos quiten nuestros Parques y Reservas Nacionales», finalizan.

¿Qué es SBAP?

El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) es un proyecto de Ley que, según el último oficio disponible en el sitio web del Senado, su objetivo es «la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país, a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas».

De igual manera, el Ministerio de Medio Ambiente agrega que este será un «servicio público cuyo único objetivo y misión será la conservación de la naturaleza en todo el territorio, y cuya gestión será estratégica para el país, generando un mayor bienestar y calidad de vida para los habitantes».

Misiones de el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Obtenido en Chile Desarrollo Sustentable.

Historia del proyecto

Este proyecto nace por una recomendación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en 2005.

«Una entidad dedicada a la protección de la naturaleza constituida al amparo de una ley de protección de la naturaleza completa y única que sea responsable de la protección de los hábitat terrestres y marítimos, de la protección de las especies y de los programas de recuperación, así como de la diversidad biológica tendría más probabilidades de éxito que la estructura actual, con sus vacíos y transposiciones»

Recomendación OCDE 2005

En este sentido, el jefe de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, Juan José Donoso, explicó a Fast Check CL que «en el año 2005 la OCDE hizo una evaluación de desempeño ambiental y recomendó que se creará la institucionalidad medioambiental nueva».

«Lo que se necesita en el fondo es tener un servicio, en terreno, con recursos y con personal capacitado, a lo largo de todo Chile, ejecutando políticas de conservación. Hoy día eso no existe en el país, el Ministerio no tiene un servicio público que haga esa gestión», agrega.

Frente a esta necesidad, se ingresó un proyecto de Ley el año 2011, el cual buscaba crear un Servicio de Biodiversidad y Áreas Silvestres Protegidas. Sin embargo, según plantea Donoso, no logró tener el consenso suficiente, por lo que fue retirado y en 2014 se ingresa un nuevo proyecto de ley construido en base al anterior.

Este último es el que se conoce como SBAP y actualmente se encuentra en el Segundo Trámite Constitucional siendo discutido por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

Imagen obtenida en Terram.

1) El Gobierno tramita de manera escondida el proyecto SBAP: #Falso

El video comienza especificando que «el Gobierno de Piñera tramita de manera escondida un proyecto de Ley que intenta privatizar los Parques y Reservas Nacionales». Sin embargo, Fast Check CL pudo comprobar que esto es falso.

El Ministerio de Medio Ambiente entrega información sobre este proyecto de Ley en su página web, especificando su objetivo, el trámite en el que va, su historia y características propias de esta posible norma.

De igual manera, en la página del Senado y de la Cámara de Diputados se encuentran disponible el registro de todas las sesiones realizadas en torno a este proyecto con los informes, oficios, indicaciones, entre otra información.

Entonces, no se podría afirmar que el Gobierno lo tramita de manera escondida cuando toda la información relacionada con el proyecto se encuentra disponible en el sitio web del Ministerio de Medio Ambiente, del Senado y de la Cámara de Diputados.

Captura de pantalla del sitio web del Senado que muestra toda la información que se puede obtener respecto al proyecto de ley SBAP.

2) permitirá la concesión de las Áreas Protegidas a privados por 30 años: #Engañoso

En el video también se asegura que este proyecto de ley «permitirá la concesión de las áreas protegidas a privados por 30 años». Dicha afirmación fue catalogada como engañosa por Fast Check CL, ya que se descubrió que efectivamente existe la posibilidad de realizar concesiones por 30 años, pero no se menciona que hoy en día estas se pueden realizar por más años aún.

En el artículo 83 del proyecto de Ley se explicita que «en beneficio de los objetivos del Sistema, el Servicio podrá otorgar concesiones en áreas protegidas situadas en bienes fiscales para actividades de investigación científica, educación o turismo que requieran la instalación de infraestructura y tengan una duración mayor a un año».

«Las concesiones en áreas protegidas no podrán exceder de treinta años», se agrega.

Respecto a esto, Donoso explica que «hoy ya se pueden entregar concesiones en áreas protegidas, algunas sin ninguna regulación clara e incluso se pueden entregar por más de 30 años. Entonces, el proyecto de ley justamente viene a regular eso, las concesiones que van a poder ser entregadas al interior de las áreas protegidas, cosa que hoy día no existe porque está repartido en muchas leyes distintas con una regulación escasa».

«De hecho actualmente, hay vacíos legales que podrían llegar a permitir que cualquier empresa acuda a estas concesiones», agrega

Coincide con él, Pamela Poo, politóloga y encargada de políticas públicas e incidencia de Chile Sustentable, quien asegura que «este tipo de concesiones hoy en día sí se entregan, pero tienen una baja regulación. Entonces esta cuestión se subsana con el servicio, ya que estas deben adecuar al objeto de protección, al plan de manejo y si no cuenta con un plan de manejo no se puede establecer la concesión».

Además, es importante mencionar que la duración máxima de las concesiones aún no está decidida, ya que la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el último comparado disponible (3 de marzo de 2021) presenta dos nuevas propuestas para sustituir este inciso:

  • la primera, cambia la duración máxima de las concesiones por diez años y la segunda por cinco.
Captura de pantalla del último comparado disponible en el sitio web de la Cámara de Diputados donde se explicita que se busca disminuir el período de tiempo de las concesiones.

3) Estas concesiones pueden ser transferidas (vendidas) totalmente a terceros: #Engañoso

En el material audiovisual también se especifica que «esas concesiones pueden ser transferidas (vendidas) totalmente a terceros, con lo cual se pierde el objetivo de la ley que es la conservación».

En el artículo 92 del proyecto de ley se explicita que «el concesionario podrá transferir la concesión. La transferencia de la concesión deberá ser total, comprendiendo todos los derechos y obligaciones que emanen del contrato de concesión. El Servicio aprobará la transferencia de la concesión, previa certificación que la transferencia es total y el adquirente cumpla con todos los requisitos y condiciones exigidos al primer concesionario».

En esta misma línea, Juan Donoso, plantea que «hoy día por supuesto que una concesión puede ser transferida de un concesionario a otro y con la misma regulación frágil que antes te comentaba.

Lo que hace este proyecto de ley es regular esta transferencia. Entonces, claro, se permite la transferencia, pero va a tener que hacerse cargo de todas las obligaciones que tenía el concesionario anterior y además, el servicio va a poder chequear esa transferencia y rechazarla si es que no se cumple algún criterio».

Fotografía del Parque Nacional Torres del Paine. Obtenida en Go Chile.

Coinciden con él, el diputado Sebastián Torrealba y el Ministerio de Medio Ambiente, quienes aseguraron que efectivamente se pueden transferir concesiones a terceros siempre y cuando cumplan con todos los requisitos y obligaciones exigidas al primer concesionario, de lo contrario la transferencia puede ser rechazada.

Entonces, dicha afirmación, al igual que la anterior, fue catalogada como engañosa, ya que efectivamente las concesiones pueden ser transferidas totalmente a terceros, pero no se menciona que con la regulación actual también se puede hacer. Además, estas deben cumplir todos los requisitos y condiciones que se le exigieron al primer concesionario.

4) Cualquier empresa podrá depredar nuestro patrimonio natural compensando con alguna acción en otro lugar: #Engañoso

Otra afirmación que se entrega en el video es que «cualquier empresa podrá depredar nuestro patrimonio natural, compensando el daño con alguna acción en otro lugar. Obteniendo crédito para ello del llamado Banco de Compensación».

«Cuando tu evalúas ambientalmente proyectos y aquí estamos hablando de todo el país, no solamente áreas protegidas, cuando un proyecto genera impacto ambiental va a tener que repararlo, mitigarlo o finalmente, como última opción, compensarlo», explica Donoso.

«Hoy día eso está regulado de manera muy frágil y el proyecto de ley justamente busca regularlo y exige una pérdida neta cero en biodiversidad y eventualmente una ganancia. La compensación tiene que tener criterios de equivalencia, es decir, tu no puedes compensar talar bosques por hacer cualquier cosa y tiene que sumar a lo que ya existía antes. Por lo tanto, se agregan criterios y estándares que serán obligatorios para los titulares de proyectos que requieran compensar», agrega.

Esta información coincide con lo planteado en el último comparado disponible, en el que se sostiene que la compensación se realizará de manera general para restaurar la biodiversidad y solo en excepciones para preservarla. Además, se eliminó el artículo 52 del proyecto que creaba los bancos de compensación.

Fast Check CL catalogó como engañosa dicha afirmación, ya que si bien en este proyecto se entrega la posibilidad de compensar, no se menciona que la regulación actual también lo hace. Además, el artículo que entregaba la posibilidad de obtener un crédito a través de los bancos de compensación fue eliminado.

Captura de pantalla donde se específica que el artículo 52 fue eliminado. Obtenido en el último comparado disponible en el sitio web de la Cámara de Diputados.

Se podrán realizar todo tipo de inversiones, tales como proyectos mineros, salmoneros, inmobiliarios, etc: #Falso

Por último, en el video se asegura que «esto permitirá a los concesionarios de parques y reservas realizar todo tipo de inversión, tales como proyectos mineros, salmoneros, inmobiliarios, eléctricos, gasíferos, etc».

«El problema que tenemos hoy día es que los proyectos en áreas protegidas deben ser evaluados ambientalmente. Por lo tanto, en algunos casos los proyectos se pueden hacer en áreas protegidas, si es que se aprueba ambientalmente. Entonces, lo que hace el proyecto de ley es que zanja completamente eso porque en estas categorías de áreas protegidas no se puede hacer nada de eso», explica Donoso.

«El proyecto de Ley prohibe la explotación de recursos naturales con fines comerciales, es decir, tu no vas a poder hacer ni proyectos salmoneros, ni forestales, ni mineros en un Parque Nacional, en un Monumento Natural o en una Reserva de la Región Vírgen porque queda prohibido por ley», agrega.

Fotografía del Monumento Natural Capillas de Mármol. Obtenido en Go Chile.

Concuerda con esto Pamela Poo, quien asegura que «en Reservas de Región Virgen, Parques Nacional y Monumento Natural no se podrá realizar ninguna actividad extractiva»

De igual manera, el diputado Sebastián Torrealba señaló en su cuenta de Twitter que «los parques nacionales solo podrán ser modificados o desafectados por ley y se prohibirá toda explotación de recursos naturales con fines comerciales (actividades extractivas e industriales)».

Por lo tanto, Fast Check CL calificó como falsa la afirmación entregada en el video, ya que no se permite realizar ninguna actividad extractiva e industrial en áreas protegidas. Además, como mencionamos anteriormente, las concesiones solo están permitidas para actividades científicas, de educación y turismo.

Conclusión

Fast Check CL realizó un chequeo del video, que busca que no se apruebe el proyecto de ley SBAP, pudiendo comprobar que todas las afirmaciones que ahí se entregan son falsas o engañosas, por lo que promueve la desinformación.

Fast Check CL es un medio de comunicación, que depende de sus suscriptores para financiar el equipo de trabajo que hizo este artículo. Sin ti este proyecto finalizará en 2025. Puedes ser suscriptor/a y ayudarnos a combatir la desinformación en Chile por solo 1.500 al mes. 

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