¿Has pedido información por Ley de Transparencia?

Es un derecho que tenemos todos los ciudadanos: el acceso a la información transparente del Estado. En esta publicación educativa te enseñamos lo básico que debes saber de la Ley de Transparencia Nº 20.285.

Es un derecho que tenemos todos los ciudadanos: el acceso a la información transparente del Estado. En esta publicación educativa te enseñamos lo básico que debes saber de la Ley de Transparencia Nº 20.285.


Por Camila González

La Ley Nº 20.285 “Sobre acceso a la información pública” o más conocida como la Ley de Transparencia fue promulgada en el año 2008 y regula el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información.

¿A quiénes puedes pedir?

Los organismos del Estado, que se rigen por las disposiciones de esta ley son:

  • Ministerios
  • Intendencias
  • Gobernaciones
  • Gobiernos regionales
  • Municipalidades
  • Fuerzas Armadas
  • Servicios públicos
  • Empresas del Estado
  • Contraloría General de la República
  • Banco Central
  • Congreso Nacional
  • Tribunales del Poder Judicial
  • Ministerio Público
  • Tribunal Constitucional
  • Justicia Electoral

Si quieres solicitar cualquier información pública, en todas estas reparticiones del Estado de Chile, es tu derecho y puedes hacerlo en el portal que el Consejo para la Transparencia dispone en su sitio web, en el que, además, puedes concentrar cualquier petición, seleccionando solo la repartición pública desde la que necesitas la información.

Pedir información transparente al Estado de Chile.

¿Cuál es la “información pública”?

Son los actos y resoluciones del Estado y la información elaborada con presupuesto público.

“El principio de transparencia de la función pública consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de la Administración, así como las de sus fundamentos y en facilitar el acceso a esa información a cualquier persona”, señala también el documento de la Ley Nº 20.285.

En el texto de la ley se plantean además las excepciones a estas solicitudes, toda vez que la solicitud de información perturbe o afecte “el debido cumplimiento de las funciones de un órgano del Estado; los derechos de las personas; la seguridad de la nación; el interés nacional y cuando una ley de quórum calificado haya declarado reservada o secreta cierta información”.

Tipos de transparencia

Transparencia Activa:

La Ley de Transparencia plantea una obligación para los órganos de la Administración del Estado, que les exige mantener sus sitios web oficiales con información permanente y actualizada mensualmente, esa es la transparencia activa. Son los datos que están publicados y tienen relación a la estructura orgánica de la institución, facultades, personal, información sobre el presupuesto, resultados de auditorías, entre otras. 

Transparencia pasiva:

Adicionalmente, se destaca que todas las personas tienen derecho a solicitar y recibir información de cualquier organismo del Estado. Es lo que se conoce como transparencia pasiva o derechos de acceso.

Se contemplan los datos que no está publicada en la web, pero a la que los ciudadanos sí podrían tener acceso, si así lo requieren.

¿Cómo pido información pública por transparencia pasiva?

Para poder solicitar información por transparencia pasiva, se puede hacer de dos formas:

  1. Presencial: dirigirse a la Oficina de Partes del Organismo respectivo, con un formulario o carta ingresada.
  2. Virtual: en la página web www.portaltransparencia.cl o directamente en el sitio oficial de la institución en la que deseas solicitar información.

Los antecedentes que debes entregar son: nombre, apellido y dirección postal para recibir la respuesta.

Si es de forma virtual debes indicar un correo electrónico. En este caso, el portal web de transparencia de la institución te solicitará más datos, que son opcionales y debes rellenar también el campo donde te preguntan ¿qué información quieres pedir?

Al completar el proceso, te llegará un correo de aviso con el número de solicitud.

Plazos de la Transparencia Pasiva:

La transparencia pasiva tiene plazos de entrega, al ser información que debe ser organizada o recolectada por la institución respectiva.

Se otorga a ésta un plazo máximo de 20 días hábiles, desde la recepción de la solicitud, la que pueden responder de forma forma favorable o rechazando, dependiendo de si consideran que la información es parte de las excepciones de publicidad, es decir, no son publicables.

Adicionalmente, pueden extender el tiempo de entrega con una prórroga de 10 días hábiles adicionales a los 20 días iniciales, situación que deben avisar al solicitante formalmente.

¿Qué pasa si deciden no entregar la información que pedí?

De igual forma, en el caso de que no se entregue la información solicitada, o no estés satisfecho con la respuesta, se puede insistir, a través de un amparo en el Consejo para la Transparencia.

El reclamo se puede hacer de forma online, ingresando a la página web www.consejotransparencia.cl en la sección Realizar un reclamo y luego se deben completar los campos solicitados.

De igual forma, el trámite se puede hacer presencialmente: en regiones a las respectivas Gobernaciones Provinciales y en Santiago: a través de la Oficina de Partes del Consejo para la Transparencia, ubicado en Morandé 360, piso 7, entre 9:00 a 18:00 horas.

Consejo para la Transparencia

En la Ley Nº 20.285 también se estipuló la creación del Consejo para la Transparencia, que es una entidad autónoma, que tiene por objeto promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas de transparencia y garantizar el derecho de acceso a la información.

Fast Check CL se contactó con Francisco Javier Leturia, Abogado y Profesor de la Universidad Católica, quien es uno de los cuatro consejeros del Consejo para la Transparencia.

Leturia nos comentó que el Consejo directivo del Consejo para la Transparencia es quién lo administra y se encarga de su buen funcionamiento.

Una de sus funciones es resolver casos “a veces los servicios públicos no dan la información, la gente pone su reclamo y nosotros debemos decidir si corresponde o no que entreguen la información al usuario solicitante”.

Úsa la transparencia activa y pasiva: Es tu derecho.

El equipo de Fast Check CL recomienda ejercer tú derecho, tanto a través de la transparencia activa, como solicitando información por transparencia pasiva.

Es una herramienta ciudadana, que nos permite a todos poder fiscalizar a las instituciones y/o autoridades y poder transparentar la información pública.

Los organismos y trabajadores que no cumplan con la Ley de Transparencia pueden ser sancionados con entre un 20% y un 50% de sus remuneraciones.

En el Artículo Nº 47 de la ley se explicita “El incumplimiento injustificado de las normas sobre transparencia activa se sancionará con multa de 20% a 50% de las remuneraciones del infractor”.

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