La propuesta de nueva Constitución le permitirá a Evo Morales “establecer, a través de la Plurinacionalidad con autonomía y autogobierno, la independencia o anexión de algún territorio declarado de Pueblos Originarios”: #Falso

El exconvencional Arturo Zuñiga publicó un tuit, en el que afirmó que con la propuesta de nueva Constitución, se le permitirá al expresidente Evo Morales la anexión de alguna autonomía territorial indígena. Pero esto es falso, de acuerdo a los artículos 3 y 187 de la propuesta constitucional.

El exconvencional Arturo Zuñiga publicó un tuit, en el que afirmó que con la propuesta de nueva Constitución, se le permitirá al expresidente Evo Morales la anexión de alguna autonomía territorial indígena. Pero esto es falso, de acuerdo a los artículos 3 y 187 de la propuesta constitucional.


Por si tienes poco tiempo:

  • El exconvencional Arturo Zuñiga publicó un tuit en el que afirma que el texto propuesto por la Convención Constitucional, permitiría al expresidente Evo Morales, anexar algún territorio autónomo declarado de los pueblos originarios.
  • No obstante, esto es falso. La razón se explica en los artículos 3 y 187 de la propuesta constitucional, en donde se establece que las autonomías territoriales indígenas no pueden atentar en contra del carácter único e indivisible del Estado de Chile. Además, especifica que estas no se pueden separar.

Por Maximiliano Echegoyen

Una imagen del expresidente boliviano, Evo Morales, recibiendo una guía práctica del borrador de la nueva Constitución, se ha viralizado recientemente. Esta fotografía fue compartida por el exconvencional Arturo Zúñiga (UDI) a través de Twitter, donde afirmó que el texto le permitirá al exmandatario «establecer, a través de la Plurinacionalidad con autonomía y autogobierno, la independencia o anexión de algún territorio declarado de Pueblos Originarios».

Dicho de otro modo, Zuñiga indica que la propuesta de nueva Constitución entregaría la facultad de que las autonomías territoriales indígenas se independicen del país o se anexen a otro que, en este caso, sería Bolivia.

Sin embargo, esto es falso. La propuesta de nueva Constitución es clara en sus artículos N°3 y N°187, al señalar que las autonomías territoriales indígenas no pueden ir en contra del “carácter único e indivisible de la República de Chile”.

Los argumentos de Zuñiga

Fast Check CL se contactó con Arturo Zúñiga para conocer cómo concluyó que los territorios autónomos de los pueblos originarios podrían independizarse o anexarse a otro Estado.

A través de fotografías, el exconvencional nos envió los artículos que justificarían una separación de las autonomías territoriales indígenas, los cuales serían:

  • Preámbulo: «Nosotras y nosotros, el pueblo de Chile, conformado por diversas naciones, nos otorgamos libremente esta Constitución, acordada en un proceso participativo, paritario y democrático».
  • Artículo 1: «Chile es un Estado social Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico».
  • Artículo 13 inciso 2: «El Estado reconoce los símbolos y emblemas de los pueblos y naciones indígenas».
  • Artículo 34: «Los pueblos y naciones indígenas y sus integrantes, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial, tienen derecho a la autonomía; el autogobierno; a su propia cultura; a la identidad y cosmovisión; al patrimonio; a la lengua; al reconocimiento y protección de sus tierras, territorios y recursos; en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos; a la cooperación e integración; al reconocimiento de sus instituciones, jurisdicciones y autoridades, propias o tradicionales; y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado».
  • Artículo 65 inciso 1: «Los pueblos y naciones indígenas y sus integrantes tienen derecho a la identidad e integridad cultural y al reconocimiento y respeto de sus cosmovisiones, formas de vida e instituciones».
  • Artículo 102 inciso 3: «Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a obtener repatriación de sus objetos de cultura y restos humanos. El Estado adoptará mecanismos eficaces para su restitución y repatriación. A su vez, garantiza el acceso a su patrimonio, incluyendo objetos de su cultura, restos humanos y sitios culturalmente significativos para su desarrollo».
  • Artículo 234 inciso 1: «La autonomía territorial indígena es la entidad territorial dotada de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía en coordinación con las demás entidades territoriales».

No obstante, Zuñiga no hizo mención a los artículos N°3 Y N°187, los cuales hacen referencia directa al carácter único e indivisible del Estado chileno. Entonces, Fast Check CL le consultó al exconvencional si estos dos artículos no contradicen lo que él escribió en Twitter, puesto que hacen clara mención a que el ejercicio de la autonomía no permite la secesión territorial. Su respuesta fue:

«Hay (abogados) constitucionalistas que también opinan igual que yo. Es de tan mala calidad la propuesta que pierde lo más importante que debe tener una Constitución: certeza. Y esto hace que sea invivible una sociedad con este texto. Es una constitución “a la pinta” de quien la quiera interpretar».

Los artículos que olvidó el Zúñiga: 3 y 187

Fast Check CL revisó el contenido de la propuesta de la nueva Constitución, en relación a la división y las entidades territoriales autónomas.

De este modo, corroboramos que el artículo 3 de la propuesta dice «Chile, en su diversidad geográfica natural, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible».

En cuanto a las entidades territoriales autónomas, el artículo 187 establece que estas serán las comunas, las regiones y las autonomías territoriales indígenas. Estas tres entidades están dotadas de «autonomía política, administrativa y financiera para la realización de sus fines e intereses».

A su vez, estas se delimitarán tomando en consideración sus antecedentes históricos, geográficos, sociales, culturales, ecosistémicos y económicos. En este sentido, el numeral 4 del mismo artículo establece explícitamente que: «en ningún caso el ejercicio de la autonomía podrá atentar en contra del carácter único e indivisible del Estado de Chile ni permitirá la secesión territorial».

Las autonomías territoriales indígenas

Entonces, las autonomías territoriales indígenas, al igual que las otras entidades territoriales autónomas, no pueden ir en contra del carácter único e indivisible de la República de Chile. A esto se suma que tampoco se permite la secesión territorial.

  • La Real Academia Española define el término secesión como «acción por la cual se separa de una nación una parte de su pueblo y de su territorio» (ver aquí).

Además, la propuesta de nueva Constitución define a las autonomías territoriales indígenas como la entidad territorial -dotada de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio- en donde los pueblos y naciones indígenas podrán ejercer sus derechos de autonomía, en coordinación con las demás entidades territoriales (regiones y comunas autónomas).

La creación de las autonomías territoriales indígenas se realizará mediante una ley, al igual que sus competencias. Según las disposiciones transitorias, esto se realizará a los dos años de entrada en vigencia de la nueva Carta Fundamental, en caso de aprobarse.

Conclusión

Fast Check CL califica como falsa la afirmación del exconvencional. La propuesta de nueva Constitución es clara al establecer que las entidades territoriales autónomas, como las autonomías territoriales indígenas, no pueden separarse ni ir en contra el carácter único e indivisible del Estado de Chile.

Fast Check CL es un medio de comunicación, que depende de sus suscriptores para financiar el equipo de trabajo que hizo este artículo. Sin ti este proyecto finalizará en 2025. Puedes ser suscriptor/a y ayudarnos a combatir la desinformación en Chile por solo 1.500 al mes. 

Te puede interesar:

“Pago lo que sea”: chats revelan que diputado Calisto ordenó crear cuentas falsas en Facebook para neutralizar detractores

Mensajes intercambiados en un grupo de WhatsApp —a los que Fast Check tuvo acceso— revelan que el diputado Miguel Ángel Calisto, hoy senador electo por la región de Aysén, solicitó a su equipo apoyo coordinado en redes sociales para responder críticas en publicaciones de Facebook. Entre las prácticas descritas figura el uso de cuentas falsas, articuladas a través de una red de perfiles destinada a contrarrestar opiniones de sus detractores y a generar interacciones de manera artificial en torno a la figura del parlamentario. Los chats, fechados entre 2021 y 2023, incluyen la participación de Nicolás Gutiérrez Monroe, periodista y asesor comunicacional, integrante del equipo de apoyo de Calisto en la Cámara de Diputados. En uno de los diálogos, el legislador desliza la idea de pagar dinero para controlar las redes sociales con, aparentemente, perfiles falsos.

Corte Suprema acoge querella de capítulos en contra de Ángela Vivanco

La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó este viernes 23 de enero la admisibilidad de la querella de capítulos contra la exministra Ángela Vivanco Martínez, decisión que habilita al Ministerio Público para avanzar en su formalización penal y solicitar medidas cautelares. El fallo ratifica lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago y no se pronuncia sobre hechos ni responsabilidades, las que deberán ser determinadas en la etapa procesal correspondiente.

Así operan los perfiles falsos dedicados a defender al diputado Calisto en Facebook

Fast Check analizó la actividad de un conjunto de cuentas de Facebook que intervinieron de forma reiterada en publicaciones vinculadas al entonces diputado Miguel Ángel Calisto, en contextos donde previamente se registraron instrucciones para su defensa en redes sociales a través de chats de WhatsApp con uno de sus asesores, previamente revelado por este medio. El análisis identificó patrones comunes en los tiempos de publicación de comentarios, en las redes de páginas seguidas, en la coincidencia de fechas de creación de los perfiles y en su activación tras el envío de enlaces a notas críticas, incluyendo intervenciones realizadas durante horarios hábiles de parte del equipo del parlamentario.

(Video) “Ahora Donald Trump e ICE deteniendo a niños inocentes”: #Engañoso

Se difunde en la red social X un video donde un supuesto agente de la ICE detiene a un niño. El post atribuye el procedimiento policial a las órdenes del presidente estadounidense Donald Trump. Fast Check califica este contenido como #Engañoso. El video es de abril de 2025 y la detención fue realizada por el equipo policial Sheriff de Broward en California.

Últimos chequeos:

(Video) “Ahora Donald Trump e ICE deteniendo a niños inocentes”: #Engañoso

Se difunde en la red social X un video donde un supuesto agente de la ICE detiene a un niño. El post atribuye el procedimiento policial a las órdenes del presidente estadounidense Donald Trump. Fast Check califica este contenido como #Engañoso. El video es de abril de 2025 y la detención fue realizada por el equipo policial Sheriff de Broward en California.

Fernando Barros, próximo ministro de Defensa, fue defensor de Pinochet en Londres y comparó el golpe de Estado con la revolución francesa: #Real

Tras la presentación del gabinete del gobierno de José Antonio Kast, se viralizó que Fernando Barros, designado como ministro de Defensa, formó parte de la defensa de Augusto Pinochet en Londres y que, en un documental, comparó el golpe de Estado con la Revolución Francesa. Fast Check calificó esto como #Real, luego de revisar antecedentes de prensa y archivo histórico. Asimismo, al analizar el largometraje mencionado, se constató que efectivamente realizó dicha comparación.

Poder Judicial tuvo que ‘salir a retar’ a Boric por sus dichos sobre el veredicto en Caso Gatica: #Engañoso

Se viralizó en X una declaración que, según se afirma, provendría del Poder Judicial rechazando los dichos del presidente Boric respeto al veredicto que absolvió a Claudio Crespo en el Caso Gatica. Fast Check calificó esto como #Engañoso. Si bien el comunicado es real, este provino de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados, no del Poder Judicial, pues ambas entidades son independientes entre sí.

“EE.UU. confirmó que la ayuda a damnificados se entregará directamente, sin pasar por La Moneda”: #Falso

Una publicación viral asegura que la ayuda de Estados Unidos para los damnificados por los incendios en el sur de Chile se entregaría directamente a las víctimas debido a una supuesta desconfianza en el gobierno del presidente Boric. Fast Check calificó esto como #Falso, ya que parte de la ayuda fue canalizada a través de la Conaf —organismo dependiente del Ministerio de Agricultura— y, además, desde la propia embajada de Estados Unidos aclararon que el apoyo consistió en equipamiento para el combate de incendios, y no en donaciones directas a las víctimas.

¿Quiénes serán los próximos 24 ministros del presidente electo José Antonio Kast?

Durante la jornada de este martes, el Presidente electo José Antonio Kast confirmó a los integrantes del gabinete que lo acompañará a partir del 11 de marzo. El equipo combina figuras del Partido Republicano, independientes y técnicos con trayectoria en el sector público y privado, varios de ellos cercanos a su círculo de confianza. Fast Check CL te entrega micro perfiles de los 24 ministros que asumirán en el próximo gobierno.