SMA formula cargos contra filial de Blumar tras exceder producción autorizada de salmones en Reserva Nacional Kawésqar

El ente fiscalizador cursó el procedimiento debido a que la firma excedió en un 27% la producción autorizada en su centro de cultivo CES Gómez Carreño, emplazado dentro de la Reserva Nacional Kawésqar. La empresa presentó un Programa de Cumplimiento para intentar revertir el procedimiento sancionatorio. Un informe técnico del Sernapesca señala que "el hecho de producir más allá de lo autorizado obedece inequívocamente a una planificación por parte de la empresa y un esfuerzo consciente dirigido a llevar a cabo esta conducta".

El 31 de enero de este año, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra Salmones Blumar Magallanes SpA —filial de Blumar S.A, empresa presuntamente involucrada en la desaparición de los pescadores en Coronel— por sobreproducción de salmones en el centro de cultivo CES Gómez Carreño, ubicado dentro de la Reserva Nacional Kawésqar, Región de Magallanes.

De acuerdo al documento examinado por Fast Check CL, la empresa habría superado en un 27% el límite permitido por su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), lo que implicaría una grave infracción. Los hechos fueron denunciados por Fundación Terram.

La zona afectada corresponde a una ecorregión marina, con una alta biodiversidad de especies como: delfines australes, ballenas y focas. Según el propio informe técnico de la SMA, la sobreproducción puede generar impactos como eutroficación, pérdida de oxígeno disuelto, alteración del ecosistema bentónico, aumento de enfermedades, y mayor riesgo de escapes de peces; amenazando la integridad de estos ecosistemas.

Cabe agregar que en mayo de 2024, la SMA inició un procedimiento sancionatorio contra Blumar S.A. por sobreproducción en el Centro de Engorda de Salmones Córdova 1, también ubicado en la Reserva Nacional Kawésqar. Según constató el ente fiscalizador, la empresa produjo 6.540 toneladas durante el ciclo 2019-2021, superando en un 11% el límite autorizado por su Resolución de Calificación Ambiental.

El informe técnico

Todo comenzó cuando el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) elaboró un informe técnico en julio de 2021, en que documenta y constata una sobreproducción cometida por la empresa Salmones Blumar Magallanes, en su centro de cultivo de salmones ubicado en el estuario Gómez Carreño.

Según el documento citado, la empresa superó de forma significativa el límite de producción autorizado por su Resolución de Calificación Ambiental (RCA N.º 002/2014), el cual establece un tope máximo de 8.000 toneladas anuales. 

Tras recopilar los datos en el Sistema de Información para la Fiscalización de Acuicultura (SIFA) y de las propias plantas procesadoras, se determinó que la biomasa total producida entre julio de 2020 y febrero de 2022 alcanzó 10.170 toneladas, superando en 2.170 toneladas lo autorizado.

Ubicación centro de cultivo de salmones Gómez Carreño. Región de Magallanes.

La sobreproducción —afirma el documento técnico— contraviene directamente el artículo 15 del Reglamento Ambiental para la Acuicultura (D.S. 320/2001), que establece que “el titular de un centro de cultivo no podrá superar los niveles de producción aprobados en la resolución de calificación ambiental”. También se infringe el artículo 24 de la Ley N.º 19.300, que obliga a respetar estrictamente las condiciones impuestas en las RCA.

Según Sernapesca, “el hecho de producir más allá de lo autorizado obedece inequívocamente a una planificación por parte de la empresa y un esfuerzo consciente dirigido a llevar a cabo esta conducta”.

Asimismo, la sobreproducción afecta el equilibrio del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), pues alteraría los parámetros bajo los cuales el proyecto fue autorizado originalmente, introduciendo nuevos riesgos no evaluados. Ante la información recopilada por Sernapesca, la SMA formuló cargos.

El Programa de Cumplimiento

Salmones Blumar Magallanes presentó el 27 de febrero de 2025 ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un Programa de Cumplimiento (PdC) para intentar suspender el proceso sancionatorio abierto por exceder la producción autorizada.

“El PdC es un instrumento de incentivo al cumplimiento que considera un plan de acciones y metas para que, dentro de un plazo fijado por la SMA, el infractor vuelva al cumplimiento ambiental de la normativa infringida y se haga cargo de los efectos generados por la infracción”

El 19 de marzo de 2025, la SMA resolvió que el PdC presentado tenía deficiencias, señalando que la firma no cuantificó adecuadamente los efectos ambientales de la sobreproducción y debía mejorar sus sistemas de control de biomasa. Se otorgó un plazo de 20 días hábiles para corregir y refundir el plan.

El 31 de marzo de 2025, Salmones Blumar Magallanes solicitó una ampliación de plazo, que fue acogida por la SMA el 3 de abril, otorgándole 10 días hábiles adicionales para presentar el PdC corregido.

La versión de Blumar

Desde Salmones Blumar Magallanes indicaron a Fast Check CL que el centro de cultivo Gómez Carreño es objeto de un proceso ante la SMA por una siembra de salmones realizada en 2020 y cosechada en 2022, explicando que se “está implementando todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a las observaciones formuladas por la autoridad, en el marco de un trabajo colaborativo que incluyó la presentación de un Plan de Cumplimiento”.

La empresa sostuvo que “sin perjuicio de que esta situación se debió a diferencias de interpretación normativa”, actualmente cuentan con “una rigurosa metodología para el control de la biomasa en sus centros de cultivo”, que incluye protocolos, capacitaciones y tecnologías de punta.

Entre los sistemas mencionados, Blumar detalló que cuentan con “protocolos de proyección de siembra, un software que permite monitorear la biomasa instantánea y proyectada, sistemas de alarmas y medidas de acción definidas para evitar sobreproducciones”. De acuerdo a la compañía, la adopción de estos mecanismos ha permitido “un control estricto de la biomasa y su volumen”.

Si la firma no cumple con la presentación o el contenido adecuado del PdC, la SMA podrá rechazarlo y reactivar el procedimiento sancionatorio. La empresa arriesga multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), la revocación de su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) o incluso la clausura del centro de cultivo.

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