La fintech chilena Tenpo presentó una querella ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago por los delitos de estafa y uso malicioso del instrumento público. La acción judicial apunta a todos quienes resulten responsables como coautores, cómplices y encubridores de un fraude digital que dejó un perjuicio de $78.350.000 para la empresa.
Creada por el grupo financiero Credicorp, Tenpo comenzó sus operaciones oficialmente en el año 2020 y actualmente se encuentra en proceso de avanzar a convertirse en el primer banco digital de Chile.
No obstante, actualmente enfrentan un complejo momento tras detectar más de 200 operaciones fraudulentas con tarjetas de prepago emitidas en su plataforma.
Fast Check CL tuvo acceso al documento de la querella, en el cual se especifican los delitos que se acusan y la manera en la que los acusados suplantaron a terceros sin su consentimiento y utilizando datos personales.
Los detalles de la querella
De acuerdo a la querella interpuesta por Tenpo, entre enero y septiembre del año 2023, detectaron en sus plataformas una serie de operaciones que, aparentemente, fueron realizadas a través de cuentas creadas con falsas cédulas de identidad. Las sospechas se levantaron debido a que dichos usuarios no estaban cumpliendo con sus obligaciones financieras.
A través de las compras y transferencias de dinero registradas, la empresa querellante identificó que los datos registrados no concordaban entre sí. Asimismo, «en todos los casos se pudo advertir patrones de conducta», señala el documento.
Se trata de inconsistencias de los RUT comparados con las edades que los usuarios representaban en sus fotografías y en al menos cuatro usuarios las cédulas contenían firmas idénticas. Además, tres clientes declararon la misma dirección para recibir las tarjetas físicas, y siete utilizaron sus tarjetas principalmente para comprar divisas extranjeras en la casa de cambio More Exchange.
¿Qué delito se acusa?
Con estos antecedentes, Tenpo logró corroborar que ninguna de las validaciones biométricas de las personas involucradas coincidían con los datos utilizados para la creación de las cuentas. Además, dichos usuarios se encontraban en estado de DICOM, razón por la cual apelaron a la suplantación de identidad para obtener créditos que no condecían con su capacidad financiera.
De esta forma, la compañía acusa a los querellados por el delito de fraude crediticio previsto. Este se encuentra tipificado en el artículo 160 de la Ley General de Bancos y establece una pena que va desde los 541 días (un año y medio) hasta los cinco años de cárcel.
«El que obtuviere créditos de instituciones de crédito, públicas o privadas, suministrando o proporcionando datos falsos o maliciosamente incompletos acerca de su identidad, actividades o estados de situación o patrimonio, ocasionando perjuicios a la institución, sufrirá la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo»”.
Hasta el cierre de esta nota desde Tempo no se refirieron al tema.
