Cinco funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile (FACh) fueron detenidos el pasado sábado. El hallazgo ocurrió cuando suboficiales de la Iª Brigada Aérea en Iquique intentaban transportar ketamina en un maletín, justo antes de abordar un vuelo institucional hacia la Región Metropolitana.
Esto derivó en un tira y afloja entre la FACh, el Ejecutivo y el Ministerio Público. El Fiscal Nacional, Miguel Ángel Valencia, reconoció que la demora en la entrega de antecedentes ha dificultado la investigación.
«Un hecho como ese debió ser denunciado inmediatamente al Ministerio Público», dijo Valencia.
Según un artículo de La Tercera, desde 2016 a la fecha, se han efectuado 25 condenas vinculadas a delitos de drogas dentro de las ramas de las Fuerzas Armadas, siendo las regiones de Tarapacá, Metropolitana y Los Ríos las que más concentran los casos.
Fast Check CL recopiló cuatro historias documentadas por sentencias de la Corte de Aviación, las cuales son de público acceso, donde quedan en evidencia episodios desconocidos en la Fuerza Aérea de Chile, vinculados a porte y consumo de drogas.
La katana
El 5 de abril de 2012, una reunión de camaradería en la Base Aérea Cerro Moreno de Antofagasta se tornó violenta. El exsoldado profesional Francisco Arenas Pérez, visiblemente ebrio, reaccionó descontroladamente tras una palmada del Cabo Jean Maffet González. Este incidente desencadenó una serie de eventos que culminarían en graves cargos militares y civiles contra Arenas. La sentencia N° 5, dictada en junio de 2017, detalla el extenso sumario.
Arenas Pérez, tras el altercado inicial, insultó y amenazó a Maffet, incluso intentando agredirlo con una botella. A pesar de ser llevado a su habitación, apareció minutos después armado con un sable artesanal tipo katana, gritando que quería matar a Maffet. Varios oficiales intentaron calmarlo, siendo a su vez amenazados con el arma:
No me quise acostar, me fui a mi pieza abrí mi closet saque (sic) una katana que tenía ahí y me fui a buscar a mi Cabo Maffet para matarlo, me fui caminado hasta el acceso del Grupo N° 21, al pórtico del Grupo 21, ahí me acuerdo que llegaron mi Comandante Santis mi Comandante Cortes Capitán Cárdenas, creo que también llego mi Comandante Opazo y mi Teniente Bustamante, todos ellos trataron de calmarme, pero no lo logaron (sic), yo les decía que «me trajeran a mi Cabo Maffet para matarlo».
– Testimonio de Arenas Pérez, contenido en la sentencia.
Durante el forcejeo para reducir a Arenas, el Comandante de Grupo Antonio Cortés, su superior, sufrió un corte en la mano derecha con el sable, una lesión clasificada como leve. Una vez en el calabozo de la guardia, Arenas continuó con su conducta agresiva, rompiendo la puerta a golpes.
La investigación reveló más delitos: en el dormitorio de Arenas Pérez se encontraron 31.0 gramos de cannabis sativa. Se determinó que Claudio Mallea (exsoldado) había comprado e ingresado la droga a la base. Además, Arenas, el mismo Mallea, Felipe Díaz y Fabricio Altamirano; habían consumido marihuana dentro del recinto militar.
La defensa de Arenas alegó inimputabilidad por «intoxicación fortuita» o «mitomanía desbordada», buscando su absolución por todos los cargos. Sin embargo, la Corte rechazó estos argumentos. Arenas fue condenado como autor de maltrato a superior, amenazas, daños, porte y consumo de drogas.
Rol: N° 18-2012

La pipa
El 27 de noviembre de 2012, una denuncia telefónica reveló consumo de canabis sativa en la pieza 21 del pabellón N° 5 de la Base Cerro Moreno, en la Fuerza Aérea. Los soldados Eugenio Sierra Curilaf y Alejandro Remedy Vera confesaron haber fumado marihuana. El lugar presentaba un fuerte olor y se incautó una pipa con trazas de cannabis.
La investigación incluyó la declaración de Remedy Vera, el teniente Juan Tiznado y el comandante Antonio Cortés. Un examen de orina de Sierra Curilaf resultó positivo para marihuana, y un informe policial detalló el uso de una «pipa» artesanal. La cantidad incautada no fue suficiente para un informe técnico de la Ley 20.000.
La disposición del mismo, su forma y el hecho de mantener residuos con
trazas de Cannabis sugieren su utilización como “pipa” o “Matacolas”, elementos
utilizados para el consumo de cigarrillos artesanales con pequeñas cantidades de
Marihuana, evitando el riesgo de quemarse los dedos.
-Informe Policial N° 260/07099, remitido por la Policía de
Investigaciones de Chile
El Fiscal de Aviación sometió a proceso a Sierra Curilaf y Remedy Vera, confirmando la medida. Sierra Curilaf fue acusado y su defensa solicitó atenuantes, aceptándose solo su «irreprochable conducta anterior». No se acogió su confesión como atenuante, pues fue sorprendido en flagrancia.
Finalmente, Eugenio Sierra fue condenado a 541 días de presidio menor por consumo de drogas en recinto militar. La pena incluye la pérdida de estado militar y suspensión de cargo, siendo remitida condicionalmente bajo control de Gendarmería. No tuvo tiempo de abono al no estar privado de libertad.
Respecto a los otros involucrados, Alejandro Remedy mantuvo un sobreseimiento parcial y temporal. Víctor Calquín, inicialmente declarado rebelde, también resultó sobreseído parcial y temporalmente por falta de antecedentes suficientes para establecer su participación en el delito.
Rol: 40-2013

La caja
El 7 de diciembre de 2016, en la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado, una caja metálica cayó desde el bolsillo de un cadete de primer año en el pabellón de dormitorios. Dentro, había 0,2 gramos de cannabis sativa. El objeto fue encontrado por el cadete Manuel Betancourt, quien reconoció un fuerte olor a marihuana. El dueño, Ariel Miranda, le pidió que no lo denunciara, pero Betancourt dio aviso a sus superiores.
La investigación incorporó declaraciones de varios cadetes. Roberto Rivas contó que Miranda le había mostrado la caja días antes, bromeando sobre su contenido. Diego Madariaga confirmó que Miranda preguntó por la caja después de su desaparición. Otros testigos afirmaron que sabían que consumía drogas o que él mismo lo había dicho. Informes policiales confirmaron que la sustancia era cannabis.
El acusado declaró que la marihuana se la habían regalado desconocidos en una discoteca y que la olvidó en su caja de tabaco. Afirmó que la mantuvo consigo solo por miedo a una inspección. Su defensa solicitó la absolución, alegando contradicciones en las declaraciones, presión psicológica durante el proceso y que la sustancia estuvo fuera de su control por varias horas. También destacó que su examen toxicológico dio negativo.
El tribunal rechazó la solicitud de absolución, determinando que el porte de drogas en un recinto militar se configuraba por el solo hecho de haber ingresado la sustancia, independiente de su cantidad o del tiempo fuera de su custodia. También descartó que existieran presiones indebidas o que la colaboración del acusado invalidara su responsabilidad penal.
Ariel Miranda fue condenado a 21 días de prisión por porte de drogas en recinto militar, además de la suspensión de cargo público y el pago de costas. La pena fue remitida condicionalmente, quedando sujeto al control de Gendarmería durante un año. Se le reconocieron dos atenuantes: irreprochable conducta anterior y colaboración con la investigación.
Rol: 56-2016

El baño
La madrugada del 19 de noviembre de 2019, el cabo primero Fabricio Sanhueza sorprendió a dos funcionarios de la Fuerza Aérea en el baño del pabellón de solteros de la Base Aérea Maquehue. Al ingresar, vio al cabo segundo Brian Contreras inhalando una sustancia, y encontró un recipiente con restos de un polvo blanco en el basurero. Uno de los involucrados, el entonces cabo Esteban Parra Fonseca, confesó haber comprado cocaína en Temuco y haberla llevado al recinto.
Según declaró Parra, consumió la droga dentro del baño y luego se la ofreció a Contreras, quien se preparaba para inhalarla cuando fueron interrumpidos. El informe del Servicio Médico Legal confirmó la presencia de cocaína y metabolitos en el cuerpo de Parra, mientras que el análisis del Instituto de Salud Pública estableció que la sustancia incautada era cocaína.
Durante el juicio, la defensa de Parra solicitó su absolución, argumentando que el consumo ocurrió en un contexto privado y no afectó sus funciones ni la salud pública. También pidió que se consideraran atenuantes como la colaboración con la investigación, su conducta anterior y cooperación eficaz. Sin embargo, el tribunal solo acogió la irreprochable conducta anterior, rechazando las otras por falta de sustento.
El tribunal determinó que el delito de porte de droga estaba incluido en el de consumo, y descartó que el lugar o la ocasión justificaran una exención de responsabilidad.
Esteban Parra fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio, junto con la suspensión de cargo público y la pérdida del estado militar en la Fuerza Aérea. La pena fue remitida condicionalmente, quedando bajo el control de Gendarmería durante el tiempo de condena. En tanto, Contreras y otros imputados fueron sobreseídos por falta de antecedentes suficientes.
Rol: 44-2019
