El Informe Final N°793 de la Contraloría Regional de Ñuble constató incumplimientos del principio de probidad administrativa, pagos irregulares y deficiencias en la supervisión de la Municipalidad de Trehuaco.
En el documento del órgano contralor –publicado por Biobío– se establece que Víctor Chandía Arce, administrador municipal, autorizó en 2025 decretos de pago a favor de SOTIR SpA; empresa de la cual era socio. Asimismo, el medio consignó la existencia de un decreto de pago emitido en 2024 por un monto cercano a los $8 millones en beneficio de una empresa de servicios odontológicos, cuyo propietario mantiene «un vínculo de parentesco por afinidad de primer grado» con la autoridad comunal.
Chandía Arce ejerce como administrador municipal de Trehuaco desde diciembre de 2024. Desde su llegada a la administración comunal, dos empresas vinculadas a su entorno familiar han recibido adjudicaciones municipales durante 2025. Se trata de Servicios Médicos Odontológicos Joaquín Eduardo González Gallardo E.I.R.L. y Fernando Chandía Nova y Compañía Limitada.
De acuerdo con el informe de Contraloría, la primera sociedad pertenece al hijastro de Chandía. Desde que el funcionario asumió como jefe administrativo del municipio, dicha empresa ha percibido cerca de $40 millones por contratos con el gobierno comunal.
En tanto, la segunda entidad fue fundada por Fernando Chandía, tío del directivo municipal. Posteriormente, la sociedad fue modificada, quedando como socios sus hijos —primos de Víctor Chandía—. Desde el inicio de la actual administración municipal, la empresa ha recibido más de $315 millones en adjudicaciones.
El vínculo entre la empresa odontológica y el administrador municipal
Según el escrito de Contraloría, la empresa «Servicios Médicos Odontológicos Joaquín Eduardo González Gallardo E.I.R.L.» pertenece al hijastro de Víctor Chandía, Joaquín González Gallardo. En este sentido, el documento afirma que Chandía firmó personalmente el decreto de pago N°1.253, que le otorgó $7.991.400 a la entidad representada por González Gallardo.
El órgano contralor afirma que Chandía debió cumplir con «el referido deber de abstención (…) lo que no se acreditó en la especie». El Consejo para la Transparencia señala que dicho deber se aplica cuando «exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad» a autoridades y funcionarios públicos, quienes deben inhibirse de participar en determinadas decisiones cuando están involucrados intereses personales o vínculos como relaciones de parentesco o amistad íntima.
Asimismo, Fast Check observó –mediante Mercado Público– tres adjudicaciones a la empresa del hijastro de Chandía, Joaquín González. Las cuales suman un total de $39.937.620 bruto, las que corresponden a dos licitaciones y una compra ágil.

Las adjudicaciones a la empresa del hijastro de Chandía
Entre los tres contratos referidos hay dos licitaciones y una compra ágil. La primera adjudicación se realizó el 30 de abril de 2025, la cual tenía el fin de ejecutar el programa de «Atención Odontológica Integral a Mujeres Más Sonrisas y Hombres». En base a lo indagado en Mercado Público, el monto bruto estimado de la contratación corresponde a $30.633.000.
En el caso de la segunda contratación, corresponde a una adjudicación que data del 5 de mayo de 2025, la cual tiene por objetivo ejecutar el «Programa GES Salud Oral 2025», destinado a personas de 60 años. Bajo este contexto, el monto bruto del contrato ascendió a $9.247.500.
Por último, la adjudicación del 16 de mayo de 2025 corresponde a una compra ágil, la cual tenía el fin de adquirir seis unidades de adaptadores de película de radiografías odontológicas. En este caso, el contrato ascendió a un total de $57.120.
No obstante, en las dos licitaciones adjudicadas, el municipio justificó las adjudicaciones al hijastro de Chandía por sobre otras ofertas, debido a que por ser una comuna pequeña se «restringe considerablemente la disponibilidad de oferentes en rubros especializados como el de salud bucal pública». Sin embargo, el órgano contralor afirmó en su informe que se «constató que contrariamente a lo sostenido por el municipio, en los procesos licitatorios informados, participaron múltiples ofertantes».
El vínculo de Fernando Chandía Nova y Compañía Limitada con el administrador municipal
En paralelo a la empresa de odontología, favorecida con adjudicaciones municipales, se suma «Fernando Chandía Nova y Compañía Limitada», sociedad dedicada a la construcción. Constituida en 2006, la empresa estuvo vinculada al tío de Víctor Chandía, Fernando Chandía, quien se mantenía como socio de la entidad junto a su hija, Evelyn Chandía Muñoz.
Posteriormente, el 23 de julio de 2025 Fernando Chandía le vendería el 40% de derechos sociales de la entidad a su segundo hijo, Juan Fernando Chandía Muñoz. Bajo ese contexto, la empresa pasaría a tener brevemente tres socios, conformados por el padre y sus dos hijos. No obstante, en octubre del mismo año, la sociedad se modificó, retirándose Fernando Chandía y quedando Evelyn y Juan Fernando —primos del administrador municipal de Trehuaco— como los socios.
Asimismo, en el informe de auditoría se expone que la empresa ha tenido contrataciones y pagos durante 2025. Fast Check CL indagó las adjudicaciones municipales de la sociedad mediante Mercado Público, constatando otras dos contrataciones realizadas en fechas posteriores a que Víctor Chandía asumiera como Administrador Municipal, las cuales sumaron un total de $315.801.992.
Las adjudicaciones de la empresa de los primos de Chandía
En el caso de la primera adjudicación municipal —realizada el 21 de octubre de 2025— se encuentra el servicio de perforación de pozo, con el fin de solucionar el abastecimiento de agua potable a 13 familias de sectores rurales de la comuna. El monto total de la orden de compra ascendió a $150.195.969.
Días después, el 24 de octubre de 2025, la empresa constructora se adjudicó otra licitación municipal. En esta ocasión correspondía a la obra «Mejoramiento Escuela Básica Minas de Leuque», por un monto total de $165.606.024. Si bien la adjudicación se efectuó en 2025, el proceso de licitación se presentó originalmente el 29 de enero de 2024.
Según el escrito, el primer llamado fue «declarado desierto», realizándose un nuevo proceso el 1 de marzo de 2024. Posteriormente, el 10 de abril de 2024, «la comisión evaluadora propuso adjudicar la obra a la empresa Fernando Chandía Nova y Compañía Limitada». Esto abrió una discusión en el concejo municipal sobre el vínculo entre la empresa y el administrador municipal Víctor Chandía.
La determinación de Contraloría sobre el eventual conflicto de interés
El concejo municipal se abstuvo de votar la adjudicación y solicitó un pronunciamiento de la Contraloría respecto del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886, que prohíbe contratar con empresas que mantengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con funcionarios municipales.
En conversación con Fast Check, el Víctor Chandía explicó que la duda surgió por «la señal de que hay un conflicto de interés», aunque afirmó que este no tendría relación con él, sino «con otro funcionario que trabajaba en ese tiempo en la SECPLAN».
En respuesta, la entidad contralora indicó que, «en cuanto a la eventual suscripción del respectivo contrato», la municipalidad debía dar cabal cumplimiento a la norma, considerando «la relación existente entre los representantes de la empresa y el actual administrador municipal».
El municipio sostuvo que la adjudicación se concretó el 20 de octubre de 2025, después de que el tío de Chandía se retirara de la sociedad, quedando sus hijos como socios, por lo que —a su juicio— la situación «no se encuentra comprendida» en la prohibición legal. Sin embargo, la Contraloría mantuvo la observación, recordando que la fiscalización comenzó el 9 de junio de 2025, antes de la formalización de la adjudicación y del cambio societario.

La versión de Víctor Manuel Chandía
Fast Check conversó con el administrador municipal de Trehuaco, Víctor Chandía, quien ratificó su versión respecto a los hechos cuestionados por la Contraloría. Sobre la autorización del decreto de pago por $7.991.400 a la empresa de su hijastro, Chandía explicó que «ese decreto de pago corresponde al último estado de pago de un servicio que tenía la empresa de Joaquín de una licitación que se adjudicó el 2024».
El administrador agregó que la firma se realizó 14 días después de asumir el cargo. «Y la verdad que yo firmo alrededor de 400-500 decretos y se me pasó dentro de todo eso», justificó, asumiendo su error y las sanciones que correspondan.
En relación con la contratación de la empresa de sus primos, Chandía afirmó que su tío se retiró de la sociedad, quedando sus primos como socios. Según el administrador, la Contraloría concluyó que «no existe ninguna inhabilidad porque son tercer grado sanguíneo (…) pero los procesos que se hicieron en este periodo de consulta no están 100% subsanados».
Finalmente, sobre las eventuales responsabilidades administrativas, Chandía comentó que «el análisis que está haciendo Contraloría es que va a hacer una investigación completa del informe. No específicamente a mi persona (…) Mi falta fue el deber de abstención en los dos estados de pago que se firmaron».

Las observaciones de Contraloría
Ante las irregularidades abordadas por el informe de la Contraloría Regional de Ñuble, se formularon observaciones a las contrataciones de la Municipalidad de Trehuaco con empresas vinculadas al Administrador Municipal.
Entre las observaciones relacionadas los incumplimientos del principio de probidad administrativa, la entidad fiscalizadora afirmó de que «la municipalidad tendrá que adoptar las medidas que permitan que los funcionarios de su dependencia den estricto cumplimiento al principio de probidad administrativa establecida en la normativa legal respectiva».
Asimismo, ante la severidad de los hallazgos observados, el escrito constata que «Contraloría Regional instruirá un procedimiento disciplinario en la Municipalidad de Trehuaco, tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los involucrados en las irregularidades descritas». Otorgándole un plazo de 5 días hábiles al municipio para remitir las investigaciones sumarias.
Por último, el informe indica que los antecedentes —que incluyen observaciones tanto a los hechos relacionados con Chandía como a otras acciones del municipio— se remiten al Ministerio Público y al Consejo de Defensa del Estado para «conocimiento y fines que procedan».





















