¿De qué trata la Ley Karin y qué se entenderá por acoso y violencia laboral?

Esta ley comenzará su vigencia en agosto de 2024 y cuenta con una serie de alcances para abordar el acoso labora, sexual y la violencia en el mundo del trabajo. El nombre de la ley tiene su origen en Karin Salgado, una enfermera de 40 años que se suicidó en 2019, tras sufrir acoso en su trabajo.

Esta ley comenzará su vigencia en agosto de 2024 y cuenta con una serie de alcances para abordar el acoso labora, sexual y la violencia en el mundo del trabajo. El nombre de la ley tiene su origen en Karin Salgado, una enfermera de 40 años que se suicidó en 2019, tras sufrir acoso en su trabajo.


Por Fast Check CL

A partir de agosto de este año, una nueva normativa entra en vigencia, vinculado a la protección de trabajadores por situaciones relacionadas con el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

Se trata de la “Ley Karin” -N°21.643-, cuyo origen está motivado por Karin Salgado, quien lamentablemente se suicidó en 2019 tras sufrir acoso laboral en el Hospital Herminda Martín de Chillán. 

¿De qué trata esta ley?

De esta forma, la “Ley Karina” define tres formas de hostigamiento en esferas de trabajo: acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo ejercida por terceros. Sobre lo anterior, señala el sitio web de la Cámara de Diputados, las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia:

  • El acoso sexual se tipifica como cualquier solicitud de carácter sexual no consentida que afecte la situación laboral o las oportunidades de empleo de la persona.
  • El acoso laboral comprende cualquier conducta de agresión u hostigamiento ejercida por empleadores o colegas, que cause menoscabo, maltrato o humillación, o amenace la situación laboral del afectado.
  • La violencia en el trabajo, ejercida por terceros ajenos, se refiere a acciones que afecten a los trabajadores durante la prestación de servicios.

¿Y el empleador?

La normativa también estableció que el empleador deberá establecer medidas para prevenir, investigar y sancionar las conductas de acoso que se den en el contexto laboral.

Para que la denuncia pueda materializarse, el trabajador (a) afectado deberá concurrir ante la Dirección del Trabajo en caso de cumplir funciones en empresas privadas, o ante la Contraloría General de la República, para quienes ejerzan como funcionarios públicos. Las denuncias pueden ser verbales o escritas, según las circunstancias.

Sobre lo anterior, quedó fijado un plazo de 30 días para que la Inspección del Trabajo se pronuncie sobre las investigaciones y conclusiones sobre estos casos.

¿Qué se considerará acoso?

De acuerdo a un artículo de La Tercera, consultado a Germán Solís, académico de Derecho de la Universidad de la Serena, explicó que las siguientes conductas puede ser consideradas como acoso:

  • Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
  • Prohibir a los compañeros que hablen con una determinada persona.
  • Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • No establecer comunicación directamente con un trabajador.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
  • Terror telefónico realizado por el acosador.
  • Dejar en ridículo a un trabajador.
  • Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.
  • Burlarse de la vida privada de un trabajador.

Fast Check CL es un medio de comunicación, que depende de sus suscriptores para financiar el equipo de trabajo que hizo este artículo. Sin ti este proyecto finalizará en 2025. Puedes ser suscriptor/a y ayudarnos a combatir la desinformación en Chile por solo 1.500 al mes. 

Te puede interesar:

Katy Perry eliminó su canción con Nicki Minaj de las plataformas de streaming tras apoyar públicamente a Trump: #Falso

Luego de que la cantante Nicki Minaj manifestara públicamente su apoyo a Donald Trump, se viralizó que supuestamente Katy Perry habría eliminado la canción ‘Swish Swish’ —lanzada en 2017 en colaboración entre ambas— de todas las plataformas de streaming. Sin embargo, Fast Check calificó esta afirmación como #Falso, tras comprobar que el tema sigue disponible en las principales aplicaciones musicales. Asimismo, no existen registros de declaraciones de Katy Perry refiriéndose a esta situación.

Trehuaco

Empresa de hijastro del administrador municipal de Trehuaco registra contratos por cerca de $40 millones durante su gestión

Un informe de la Contraloría Regional de Ñuble detectó incumplimientos del principio de probidad administrativa, pagos irregulares y deficiencias en la supervisión de la Municipalidad de Trehuaco, particularmente en adjudicaciones y decretos de pago a empresas vinculadas al entorno familiar y social del administrador municipal, Víctor Chandía. Por su parte, una revisión de Mercado Público realizada por Fast Check CL constató que, durante su gestión, la empresa de su hijastro recibió cerca de $40 millones en contratos municipales, mientras que la de sus primos superó los $315 millones.

“Cuando ustedes me consultaron fue la primera vez que escuché el nombre de él”: periodista del gobierno de Guatemala sobre el uso de su imagen en cuentas falsas de Calisto

Tras revelar chats de 2021 en los que el diputado y electo senador Miguel Ángel Calisto instruía a su equipo a crear perfiles falsos en Facebook para responder a críticas, Fast Check analizó ocho cuentas activas en su defensa en redes sociales y detectó que al menos tres de ellas utilizaron imágenes de otras personas. En uno de los casos, se usó la imagen de un periodista guatemalteco que actualmente trabaja en la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de Guatemala, mientras que otros perfiles correspondían a una funcionaria vinculada al gobierno de México y a una cuenta asociada a dos posibles identidades.

Últimos chequeos:

(Video) “Trump anuncia salario mínimo de 2.000 dólares en Venezuela”: #Falso

Un video viral en TikTok asegura que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció un salario mínimo de 2.000 dólares para Venezuela. Fast Check califica este contenido como #Falso. La pieza fue creada mediante inteligencia artificial, no existen registros oficiales sobre dicho aumento y la Embajada estadounidense desmintió la información.

Katy Perry eliminó su canción con Nicki Minaj de las plataformas de streaming tras apoyar públicamente a Trump: #Falso

Luego de que la cantante Nicki Minaj manifestara públicamente su apoyo a Donald Trump, se viralizó que supuestamente Katy Perry habría eliminado la canción ‘Swish Swish’ —lanzada en 2017 en colaboración entre ambas— de todas las plataformas de streaming. Sin embargo, Fast Check calificó esta afirmación como #Falso, tras comprobar que el tema sigue disponible en las principales aplicaciones musicales. Asimismo, no existen registros de declaraciones de Katy Perry refiriéndose a esta situación.

“Tenemos 364 leyes publicadas (…) Somos el gobierno que ha tenido la mayor producción legislativa en los últimos 20 años”: #Real

La ministra Segpres, Macarena Lobos, aseguró que el gobierno de Gabriel Boric tiene la «mayor producción legislativa» de los últimos 20 años. Fast Check califica este contenido como #Real. Según datos de la Biblioteca del Congreso Nacional, es verídico que el gobierno ha publicado al menos 364 leyes, y que supera en ese aspecto a las últimas cuatro administraciones.

Katy Perry eliminó su canción con Nicki Minaj de las plataformas de streaming tras apoyar públicamente a Trump: #Falso

Luego de que la cantante Nicki Minaj manifestara públicamente su apoyo a Donald Trump, se viralizó que supuestamente Katy Perry habría eliminado la canción ‘Swish Swish’ —lanzada en 2017 en colaboración entre ambas— de todas las plataformas de streaming. Sin embargo, Fast Check calificó esta afirmación como #Falso, tras comprobar que el tema sigue disponible en las principales aplicaciones musicales. Asimismo, no existen registros de declaraciones de Katy Perry refiriéndose a esta situación.