La empresa Sociedad Constructora J.J.A. Limitada ha estado a cargo de la mantención de áreas verdes, parques y espacios públicos de la comuna de Lolol. Entre 2018 y 2025, la compañía ha recibido más de $670 millones por contratos con la Municipalidad de Lolol. A excepción de un pago efectuado en 2018 —por poco más de $466 mil—, todos los desembolsos se realizaron desde 2022 en adelante, mientras la hermana de uno de los socios de la empresa trabajaba como funcionaria del municipio.
La mayor parte de estos recursos se transfirieron antes de la entrada en vigor del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886, en diciembre de 2023. Dicha norma prohíbe a los organismos del Estado contratar con su propio personal o con sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. No obstante, en marzo de 2025, la Municipalidad de Lolol volvió a adjudicar un contrato a la Sociedad Constructora J.J.A. Limitada.
El nuevo contrato —también destinado a la mantención de áreas verdes y espacios públicos— se concretó mediante una licitación pública considerando un periodo de 33 meses, con inicio el 1 de abril de 2025. Solo para este año, el municipio asignó un presupuesto superior a $150 millones, monto que será reajustado anualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Uno de los socios de la empresa es Aníbal Duque Correa, hermano de Pamela Duque Correa, quien según los registros de Transparencia Activa trabaja desde septiembre de 2021 en el área de Educación del municipio, bajo el Código del Trabajo, cargo que mantiene hasta la actualidad.
El Observatorio de ChileCompra detectó la situación y ofició al municipio en abril de 2025, solicitando información sobre las medidas adoptadas para subsanar el posible conflicto de interés. Sin embargo, no se recibió respuesta dentro del plazo legal. Ante la falta de pronunciamiento, el organismo remitió los antecedentes a la Contraloría General de la República para que evaluara las acciones correspondientes.
Fast Check CL se comunicó con la Municipalidad de Lolol para consignar sus descargos, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.
El contrato de 2025 con Constructora J.J.A Limitada
El 11 de marzo de 2025, la Municipalidad de Lolol publicó la licitación «Concesión de Servicios de Mantención de Áreas Verdes». El proceso buscaba contratar, por un periodo de 33 meses, un servicio integral de mantención de áreas verdes, parques, plazas y el estadio municipal, que incluyera labores de corte de césped, riego, poda, reposición de especies, aseo y conservación de monumentos.
El presupuesto oficial —fijado en las bases de la licitación— para 2025 fue de $151.213.617, con una estimación mensual de $16.801.496. No obstante, las bases contemplan la posibilidad de un reajuste anual asociado a la variación del IPC, por lo que los montos correspondientes a 2026 y 2027 aún no se encuentran definidos. (ver bases de la licitación aquí)
La adjudicación recayó en la Sociedad Constructora J.J.A. Limitada, representada legalmente por Aníbal Duque Correa. La empresa ofertó un presupuesto mensual de $16.800.131, monto prácticamente idéntico al valor estimado por el municipio. El contrato fue formalizado mediante el Decreto Alcaldicio N° 638, sin embargo las condiciones del servicio no se especifican en este documento, sino que en las bases de la licitación. (ver decreto aquí)
Contratos anteriores
Antes de adjudicarse la licitación de 2025, la Sociedad Constructora J.J.A. Limitada ya había mantenido contratos sucesivos con la Municipalidad de Lolol para la ejecución del mismo tipo de servicios. Desde 2021, la empresa se ha desempeñado como proveedor habitual del municipio en materia de mantención de áreas verdes, concentrando prácticamente la totalidad de ese rubro.
El primer registro corresponde a una licitación publicada en diciembre de 2021 y adjudicada a comienzos de 2022. El contrato tuvo una duración de 12 meses, con un monto mensual de $9.999.362, e incluyó labores de corta de césped, riego, control de malezas, poda de árboles y aseo en parques y plazas del sector urbano y rural. (ver bases de la licitación aquí)

Al término de ese periodo, el municipio abrió un nuevo proceso con vigencia desde enero de 2023 hasta enero de 2025, por un total de 24 meses de servicio y con pagos mensuales que oscilaron entre $14.995.992 y $16.795.511 (ver bases de la licitación de aquí). Durante los meses de enero, febrero y marzo de 2025, antes de que se concretara la nueva adjudicación por 33 meses, la empresa continuó ejecutando las mismas labores bajo ese contrato anterior, lo que en la práctica funcionó como una prórroga temporal mientras se resolvía la siguiente licitación.
Los montos recibidos por Sociedad Constructora J.J.A. Limitada
De acuerdo con los registros del portal Mercado Público, la empresa ha mantenido una relación comercial sostenida con la Municipalidad de Lolol durante los últimos años, concentrando allí la mayor parte de sus ingresos.
Entre 2018 y 2025, la Sociedad Constructora J.J.A. Limitada ha suscrito contratos por un total de $706.471.157 con cinco organismos públicos. Sin embargo, $670.571.507 de ese monto —equivalentes al 94,9%— corresponden a pagos realizados por la Municipalidad de Lolol. De ellos, solo uno fue una microcompra efectuada en 2018, por $466.480, mientras que el resto de las contrataciones se concentró entre 2022 y 2025.
Desde 2022, la Sociedad Constructora J.J.A. Limitada ha estado a cargo de la mantención de áreas verdes en la comuna de Lolol mediante contratos sucesivos adjudicados por la misma municipalidad.
Durante ese periodo, la empresa firmó dos convenios antes de la entrada en vigor del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 —en diciembre de 2023—, por lo que ambos quedaron fuera del alcance de la nueva normativa que impide contratar con funcionarios públicos o sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Los pagos que hoy se encuentran bajo observación corresponden al contrato adjudicado en abril de 2025, con una duración de 33 meses y formalizado mediante el Decreto Alcaldicio N° 638. Este acuerdo fue suscrito cuando la ley ya estaba vigente y, hasta la fecha, los montos asociados al convenio alcanzan los $117.600.916.
La incompatibilidad con familiares en el Estado
La Sociedad Constructora J.J.A. Limitada se constituyó en marzo del año 2018, iniciando formalmente sus actividades el 15 de marzo de 2018. Sus fundadores, Jaime Enrique Cubillos Alarcón y Aníbal José Duque Correa -quien, como se dijo anteriormente, es hermano de Pamela Duque Correa-, establecieron la compañía con un capital inicial de $30.000.000 (ver documento aquí).
El objeto social de la empresa abarca la construcción, remodelación, ampliación y mantención de áreas verdes, además de la prestación de asesorías técnicas, el diseño paisajista y la ejecución de jardines y obras civiles en general, tanto por cuenta propia como ajena.
Para el año 2024, se concretó una modificación. Jaime Cubillos, quien poseía el 50% del haber social, vendió, cedió y transfirió un 25% de sus derechos a su socio, Aníbal Duque. La transacción se realizó por $15.000.000. Tras la operación, la distribución de la propiedad se reconfiguró: Duque pasó a tener una participación del 75%, mientras que Jaime Cubillos mantuvo el 25% restante (ver documento aquí). De acuerdo al rastreo en el Diario Oficial, ese fue el último movimiento societario de dicha empresa.

Según los antecedentes del Registro Civil revisados por Fast Check CL, Aníbal Duque Correa es hermano de Pamela Duque Correa, funcionaria del área de Educación de la Municipalidad de Lolol, contratada bajo el Código del Trabajo. Pamela inició su primer vínculo con el municipio en marzo de 2015 como asistente de aula, cargo que desempeñó hasta febrero de 2016. Posteriormente, retomó funciones en septiembre de 2021 como inspectora educacional, puesto que mantiene hasta la actualidad.
En este contexto, la Ley N° 19.886, en su artículo 35 quáter, establece que el Estado —a través de cualquiera de sus organismos— no puede celebrar contratos con su propio personal, «cualquiera sea su calidad jurídica», ya sea de manera directa o mediante empresas en las que figuren como propietarios, socios o representantes legales. La norma también extiende esta prohibición a los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, lo que incluye a hermanos. En específico, el artículo señala:
«Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente (…)».

























